Las partes acuerdan la absolución por inimputabilidad del acusado de matar a su pareja en Bilbao: 25 años de internamiento psiquiátrico y 10 de libertad vigilada
Los abogados de la defensa y la acusación particular han recurrido al Hospital de Basurto por presunta negligencia
Las acusaciones presentarán recurso contra el Hospital de Basurto
La Audiencia Provincial de Bizkaia ha dictado una sentencia absolutoria por inimputabilidad, con eximente psiquiátrica completa, para el hombre acusado de matar a puñaladas a su pareja sentimental en septiembre de 2024 en Bilbao.
El tribunal, con acuerdo de todas las partes, ha aceptado el informe de inimputabilidad presentado por los servicios forenses de la audiencia y ha considerado que el acusado no era consciente de sus actos en el momento del asesinato ya que sufría un brote psicótico.
Pese a la absolución, la jueza le ha impuesto unas medidas que contemplan 25 años y 5 meses de internamiento en un centro psiquiátrico penitenciario, además de 10 años de libertad vigilada posteriores. También ha establecido unas indemnizaciones de 96.176 euros para cada uno de los cuatro familiares de Yanely, sus dos progenitores y dos hermanos.
El acuerdo ha evitado la constitución del jurado popular, prevista inicialmente para este miércoles, en el inicio del juicio.
Recurso contra el hospital de Basurto
Tanto el acusado de la defensa, José Manuel Maté, como el letrado de la familia de la víctima, Gonzalo Muñoz, han confirmado haber presentado un recurso contra el Hospital de Basurto, al que acusan de presunta negligencia.
De hecho, el acusado acudió al hospital acompañado por sus padres cuando percibieron que había sufrido un brote psicótico de la esquizofrenia que padece, pero los servicios del hospital bilbaíno le dieron el alta sin diagnosticarle. Fue cuando regresó a casa y en el tiempo en el que sus acompañantes aparcaban el coche, cuando se produjeron los hechos que acabaron con el asesinato de Yanely Gonzales, pareja del acusado.
Este extremo ha sido confirmado también por las acusaciones populares del Ayuntamiento de Bilbao y Clara Campoamor, que, aunque no presentarán recursos, sí apoyan los argumentos de sus compañeros al considerar que el acusado acudió al centro hospitalario pidiendo ayuda y no fue atendido correctamente. La letrada del ayuntamiento bilbaíno, Marta Dolado, ha llegado incluso a hablar de desinterés.
Un acuerdo unánime antes de la constitución del jurado
La decisión judicial se ha adoptado tras el acuerdo entre la Fiscalía, la acusación particular en representación de la familia de la víctima, las acusaciones populares ejercidas por el Ayuntamiento de Bilbao y la Asociación Clara Campoamor, y la defensa del acusado.
La sentencia considera probado que el acusado cometió los hechos en un contexto de trastorno mental grave, lo que justifica la aplicación de la eximente completa de inimputabilidad y la sustitución de la pena de prisión por una medida de seguridad de internamiento.
Una cuestión que deberá valorar el sistema sanitario
Durante la vista, las partes coincidieron en señalar que la atención recibida por el acusado antes de los hechos deberá ser examinada por el sistema sanitario vasco, al tratarse de una persona que acudió a pedir ayuda y que, poco después, protagonizó unos hechos de extrema gravedad.
La sentencia pone fin al proceso penal mediante acuerdo, pero no cierra la vía administrativa ni civil abierta contra el ámbito sanitario.
El crimen ocurrió en Santutxu en septiembre de 2024
Los hechos se produjeron en la madrugada del 12 de septiembre de 2024, en una vivienda del barrio de Santutxu, en Bilbao. La víctima, una mujer de 31 años, fue asesinada por su pareja sentimental, de 34 años, con un arma blanca en el domicilio en el que convivían.
Vecinos del inmueble alertaron a la Ertzaintza tras escuchar gritos y ruidos. A la llegada de los agentes, la mujer presentaba heridas graves por arma blanca, y un médico certificó su fallecimiento en el lugar.
En el interior de la vivienda fue localizado el acusado, quien manifestó a los agentes que padecía problemas psiquiátricos. No constaban denuncias previas por malos tratos, ni la víctima estaba registrada en el sistema de protección policial.
Delitos reconocidos y responsabilidad civil
El acuerdo judicial establece que el acusado es autor de los delitos de:
- Asesinato con alevosía, con agravantes de parentesco y género
- Profanación de cadáver
En concepto de responsabilidad civil, deberá indemnizar a los padres y a los dos hermanos de la víctima con 96.176 euros para cada uno de ellos.