Gipuzkoa podrá cobrar hasta 7,5 euros por noche con el nuevo impuesto turístico
El anteproyecto de norma foral publicado por las diputaciones de Gipuzkoa, Bizkaia y Álava regula una carga común para todos los alojamientos turísticos y concede margen a los ayuntamientos para aplicar recargos o bonificaciones

Miren Echeveste, portavoz de Podemos en las Juntas Generales de Gipuzkoa:
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Las diputaciones forales de Gipuzkoa, Bizkaia y Álava han publicado el anteproyecto de norma foral que regula el nuevo Impuesto sobre Estancias Turísticas en Euskadi, un tributo que se aplicará de forma homogénea en los tres territorios históricos a hoteles, pensiones, apartamentos turísticos, campings, albergues, viviendas de uso turístico y cruceros que realicen escala en puertos vascos.
El impuesto establece una horquilla general de entre 0,75 y 5 euros por persona y noche, en función de la categoría y tipología del alojamiento, aunque los ayuntamientos de los municipios con mayor presión turística podrán aplicar un recargo de hasta el 50%. En estos casos, la tasa máxima podrá alcanzar los 7,5 euros por persona y noche, como ocurriría en hoteles de cinco estrellas ubicados en localidades con al menos 750 plazas alojativas.
En sentido contrario, los municipios con 25 o menos plazas de alojamiento podrán aprobar bonificaciones de hasta el 100% de la cuota, lo que les permitiría no aplicar el impuesto si así lo deciden. Esta medida busca evitar que el coste de gestión del tributo supere la recaudación prevista en localidades pequeñas.
Las tarifas previstas varían según el tipo de establecimiento. En los hoteles, las tasas oscilarán entre 2,50 y 5 euros en los de cinco estrellas; entre 2 y 4 euros en los de cuatro; entre 1,50 y 3 euros en los de tres; entre 1 y 2 euros en los de dos; y entre 0,75 y 1,50 euros en los de una estrella y pensiones. Los apartamentos turísticos tendrán una horquilla de entre 1,50 y 3 euros, mientras que los campings, albergues, agroturismos y casas rurales aplicarán importes de entre 0,75 y 1,50 euros. En el caso de las viviendas de uso turístico y las habitaciones alquiladas en viviendas particulares, el gravamen se situará entre 2 y 4 euros, y en los cruceros entre 2,50 y 5 euros por persona.
El impuesto solo se aplicará a las personas mayores de 18 años y se cobrará por un máximo de cinco días consecutivos en un mismo alojamiento. Un cambio de establecimiento, incluso dentro del mismo municipio, reiniciará el cómputo. Las estancias inferiores a 24 horas se contabilizarán como un día completo.
Además de los menores de edad, quedarán exentas del pago las personas con una discapacidad igual o superior al 65%, las que tengan reconocida una dependencia de grado II o III, y las estancias motivadas por razones de salud, fuerza mayor, estudios universitarios, investigación académica, programas de talento o programas sociales financiados por las administraciones públicas.
El anteproyecto ha iniciado su periodo de exposición pública, abierto a la presentación de alegaciones hasta el 5 de marzo. En el caso de Gipuzkoa, la previsión es aprobar el texto en el Consejo de Gobierno foral el 17 de marzo y someterlo posteriormente a debate y votación en las Juntas Generales durante la primavera. Una vez aprobada la norma foral, los ayuntamientos dispondrán de un plazo de seis meses para adaptar sus ordenanzas fiscales. Si no lo hacen dentro de ese periodo, se aplicará automáticamente el tipo máximo previsto para cada categoría de alojamiento.




