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La Fiscalía alerta del efecto multiplicador del odio en redes: “El mensaje se pierde y el daño se multiplica”

Leire Unzueta advierte de que los delitos racistas y xenófobos siguen siendo mayoritarios y subraya que la prevención y la educación son clave para frenarlos

La Fiscalía alerta del efecto multiplicador del odio en redes: “El mensaje se pierde y el daño se multiplica”

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Los delitos de odio siguen golpeando a la sociedad vasca, y aunque los datos reflejan un descenso reciente, la preocupación institucional se mantiene. La fiscal delegada en Bizkaia contra los Delitos de Odio y Discriminación, Leire Unzueta, ha advertido de que las redes sociales amplifican el impacto de estos comportamientos y ha defendido que la mejor herramienta para combatirlos es la prevención.

En una entrevista en Hora 14 Euskadi, la fiscal ha analizado la evolución de este tipo de delitos, el papel de internet como altavoz de mensajes discriminatorios y el debate abierto tras la propuesta del Gobierno de España de restringir el acceso a redes sociales a menores de 16 años.

Mayor conciencia social, pero con cautela ante los datos

El último informe sobre incidentes de odio en Euskadi registró 281 casos en 2023, un 35% menos que el año anterior, aunque la cifra continúa siendo muy superior a la de 2019. Para Unzueta, este descenso debe interpretarse con prudencia.

La fiscal considera que existe una mayor concienciación social frente a comportamientos discriminatorios, cada vez menos tolerados y más expuestos a la sanción penal. Sin embargo, también ha explicado que el llamado “baile de datos” responde en parte a cambios en los criterios de registro.

“Estamos intentando acotar qué es realmente un delito de odio propio de la jurisdicción penal y qué puede ser otro tipo de infracción”, ha señalado, insistiendo en que la evolución debe analizarse a largo plazo.

El caso de Sestao y el límite de la libertad de expresión

Durante la entrevista, Unzueta ha puesto el foco en la reciente condena a un vecino de Sestao por insultos racistas a un técnico de telefonía, aunque ha recordado que la sentencia aún no es firme porque ha sido recurrida ante el Tribunal Supremo.

Aun así, ha subrayado la relevancia del fallo porque recoge el criterio que mantiene la Fiscalía: insultar de forma reiterada y humillante a una persona únicamente por su origen constituye un delito de odio.

“No tiene nada que ver con la libertad de expresión; es un delito contra la integridad moral cometido por el rechazo hacia el colectivo al que pertenece la víctima”.

Dar visibilidad a este tipo de resoluciones, ha añadido, contribuye a reforzar la conciencia social y a desmontar la idea de que cualquier conducta queda amparada por el derecho a opinar.

Racismo, xenofobia y orientación sexual, principales motivos

La mayoría de los asuntos que llegan a la jurisdicción penal tienen una motivación racista o xenófoba, seguidos de los relacionados con la orientación sexual. En menor medida aparecen factores como la ideología o las creencias religiosas.

Este patrón confirma que la discriminación sigue afectando especialmente a determinados colectivos y que el reto no es solo judicial, sino también social.

Redes sociales: anonimato, falsa impunidad y efecto viral

Aunque muchos delitos se producen todavía en espacios físicos —calles, entornos de ocio o conflictos vecinales—, la fiscal ha advertido del riesgo añadido que introduce el entorno digital.

El anonimato puede generar una sensación de impunidad, pero el principal problema es la capacidad de propagación.

“Cuando alguien publica un mensaje que incita al odio, pierde el control y el impacto se multiplica con cada difusión”.

El escenario se agrava cuando una agresión o humillación es grabada y compartida en internet, algo especialmente sensible entre menores, ya que el daño para la víctima se amplifica.

¿Prohibir las redes a menores de 16 años?

La propuesta del Gobierno central de limitar el acceso a redes sociales a menores se apoya, entre otros motivos, en la proliferación de mensajes xenófobos y de odio en internet.

Unzueta ha reconocido que el uso de estas plataformas entraña riesgos, aunque ha evitado posicionarse sobre la eficacia de la medida.

“No soy quien para valorar esa restricción, pero cualquier iniciativa que contribuya a un uso más adecuado será bienvenida”.

Para la fiscal, la clave sigue estando en la educación en valores, el respeto y la prevención antes que en las prohibiciones.

Penas, programas educativos y reparación del daño

El Código Penal contempla penas de prisión para los delitos de odio, unas sanciones que Unzueta considera acordes a la gravedad de unos hechos que atentan contra la dignidad y el principio de igualdad.

No obstante, la Fiscalía introduce un elemento pedagógico cuando se suspende la ejecución de la pena: la participación obligatoria en programas formativos sobre igualdad y no discriminación, además de la indemnización a la víctima.

El objetivo es doble: castigar la conducta y evitar que se repita.

Prevención frente a castigo

A modo de conclusión, la fiscal ha insistido en que la respuesta penal es necesaria, pero llega tarde si no va acompañada de educación.

La publicación de sentencias, los programas formativos y la sensibilización social forman parte de una estrategia más amplia para frenar comportamientos que, aunque menos tolerados que hace años, siguen presentes.

Porque, como ha recordado Unzueta, los delitos de odio no solo vulneran la ley: atacan directamente la dignidad de las personas y los valores de convivencia.

 

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