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La Audiencia Nacional anula los registros en Sidenor por falta de indicios en la investigación sobre exportaciones a Israel

El tribunal respalda a la Fiscalía y a la defensa de Jainaga y cuestiona la base de la operación policial en la planta de Basauri

Planta de Sidenor en Reinosa

Planta de Sidenor en Reinosa / Cadena Ser

Planta de Sidenor en Reinosa

Bilbao

La Audiencia Nacional ha dejado sin efecto los registros practicados el pasado mes de febrero en la planta de Sidenor en Basauri dentro de la investigación por presuntas exportaciones de acero a empresas vinculadas al sector armamentístico israelí. La decisión supone un importante giro en el procedimiento, al considerar el tribunal que no existía base suficiente para autorizar una actuación de este alcance.

La resolución, adoptada por la sala de apelaciones, coincide con los argumentos planteados tanto por la Fiscalía como por la defensa del presidente de la compañía, José Antonio Jainaga, que habían recurrido la operación por entender que vulneraba derechos fundamentales.

Falta de base para la intervención

El tribunal entiende que el auto que permitió la entrada y registro no estaba respaldado por indicios concretos de delito ni por sospechas suficientemente fundamentadas. En este sentido, cuestiona la motivación de la medida y recalca que no se puede abrir una investigación sin una base previa sólida.

Los magistrados insisten en que cualquier actuación que afecte a derechos fundamentales debe cumplir criterios estrictos de proporcionalidad y necesidad. En este caso, consideran que no se justificó adecuadamente la intervención policial, lo que lleva a su anulación.

Pruebas en entredicho

Una de las principales consecuencias de esta decisión es que todo el material recopilado durante los registros podría quedar fuera de la causa. La operación, desarrollada por la Policía Nacional y el Servicio de Vigilancia Aduanera, se prolongó durante horas en las instalaciones de Basauri.

En el marco de la investigación se analizaban varias exportaciones realizadas en los últimos años a empresas del ámbito militar en Israel. Estas operaciones habían motivado la apertura de diligencias para esclarecer si podían tener implicaciones penales.

Argumentos de la defensa

La defensa de Jainaga había sostenido que las exportaciones, por sí solas, no justificaban imputaciones de carácter penal ni mucho menos acusaciones de gran gravedad. La Audiencia Nacional respalda ahora esta tesis al señalar que no basta con acreditar relaciones comerciales con empresas del sector armamentístico.

Además, el tribunal también ha dejado sin efecto la personación de una supuesta víctima en el procedimiento, al no apreciar una vinculación directa con los hechos investigados.

 

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