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Jueces de la Audiencia no ven "motivo alguno" para indultar al exfuncionario que 'enchufó' a la cuñada de Carmela Silva

Los magistrados estiman que el exfuncionario no debe ser beneficiario de ninguna forma de derecho de gracia, "visto que ha mostrado una conducta que no es acorde con el respeto a las normas básicas impuestas por convivencia" en el Estado.

Archivo / Salvador Sas EFE

Vigo

Los magistrados de la Sección quinta de la Audiencia Provincial de Pontevedra, con sede en Vigo, no ven "motivo alguno" para indultar al exfuncionario del Ayuntamiento olívico condenado por 'enchufar' a la cuñada de la actual primera teniente de alcalde y presidenta de la Diputación de Pontevedra, Carmela Silva.

En los últimos días, los jueces han remitido al Ministerio de Justicia la documentación de los dos condenados a prisión por el caso del 'enchufe' de la cuñada de Silva en una subcontrata del Ayuntamiento vigués. Entre ella se incluía un informe emitido por el propio tribunal expresando su opinión sobre el posible indulto.

Todo ello después de que Francisco Javier G.O. fuese condenado a 5 años y 3 meses de prisión por los delitos de prevaricación y malversación por haber favorecido la contratación de la familiar de Carmela Silva, a través de varios contratos menores, en una empresa que prestaba servicios para el Ayuntamiento.

El tribunal, que también condenó a un año y medio de cárcel a un responsable de dicha empresa, consideró probado que la cuñada de Silva percibió más de 100.000 euros por unos trabajos que no llegó a realizar. Sin embargo, el condenado solicitó el pasado mes de febrero el indulto parcial, por lo que se le concedió la suspensión de la ejecución de la pena de prisión en tanto no se resuelva la solicitud.

NO RECONOCIMIENTO DE CULPABILIDAD

Ahora salen a la luz las consideraciones de los jueces. En dicho informe, al que ha tenido acceso Europa Press, los jueces explican que durante todo el proceso el ahora condenado no mostró "en ningún momento un reconocimiento de culpabilidad de los hechos que se le imputaban" y tampoco que los mismos son consecuencia "del uso perverso que por parte del funcionario público se ha venido a hacer de los recursos públicos para favorecer arbitrariamente a una persona".

Por todo ello, los magistrados estiman que el exfuncionario no debe ser beneficiario de ninguna forma de derecho de gracia, "visto que ha mostrado una conducta que no es acorde con el respeto a las normas básicas impuestas por convivencia" en el Estado.

Además, los jueces consideran que el indulto "por su propia naturaleza" tiene "difícil encaje" en un ordenamiento constitucional como el español, subrayando que "no existe motivo alguno" para que el exfuncionario condenado por 'enchufar' a una cuñada de Carmela Silva disfrute de este beneficio, informando negativamente los magistrados a la petición de indulto.

 
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