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NORMATIVA

Carnet especial para conducir coches automáticos

Pronto cambiará la normativa pero ahora mismo la legislación no contempla la validez para todos por igual

Ya son muchas las escuelas que ofrecen este tipo de carnet solo válido para vehículos automáticos / Cadena SER

Vigo

Con la proliferación de los coches eléctricos, híbridos o híbridos enchufables, cada vez es más común que los automóviles solo dispongan de cambio automático. Por ello, hace tiempo que existe un carnet de conducir específico para coches automáticos.

Los sistemas más habituales y considerados automáticos son la caja de doble embrague, las cajas robotizadas, las cajas de transmisión de variación continua y las más tradicionales son las cajas de convertidor de par.

La licencia para conducir coches automáticos es en esencia el carnet B pero, si escogemos esta modalidad solo podremos circular con automóviles, o los vehículos permitidos en este permiso, que equipen caja automática. Por el contrario, si optamos por el carnet B tradicional, podremos circular tanto con cajas manuales como automáticas.

Si se obtiene el permiso B para coches automáticos, en el carnet aparecerá reflejado una clave: el código 78. Así, de cara a las autoridades, administración o posibles trámites sabrán que solo se es apto para circular con un coche automático.

A día de hoy, un buen grueso de autoescuelas ofrecen esta modalidad. Y dado que este permiso es prácticamente igual al B, los pasos para obtenerlo son los mismos que hacer una prueba teórica y otra práctica. Y los requisitos son los mismos que para sacarse el permiso B: haber cumplido los 18 años, aunque el teórico se puede obtener a los 17 años, pero el práctico exige esta edad mínima, DNI, NIE o tarjeta de residencia y superar un test psicotécnico.

Si se ha optado por este tipo de carnet específico no se podrá circular nunca con un coche con cambio manual, ya que la DGT entiende que no se cuenta con la formación adecuada para conducirlo. Circular con un vehículo sin tener el permiso de conducir que le corresponde supone cometer una infracción muy grave, tal y como contempla la Ley de Tráfico. Se castiga con 500 euros de multa, pero además está entre las infracciones que restan puntos del carnet: cuatro puntos en concreto.