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Elecciones Generales 2023

Qué hacer si te ha tocado estar en una mesa electoral en Vigo

Entre los días 25 y 30 de este mes llegarán las notificaciones a los buzones de vigueses y viguesas

EFE / Luis G Morera / Luis G Morera (EFE)

Si vives en Vigo, hasta el día 30 de junio revisa el buzón porque podrías recibir la convocatoria para presentarte en una mesa electoral de la ciudad el próximo 23 de julio.

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372 mesas en 80 locales electorales se repartirán por todo Vigo, en una jornada que parte las vacaciones de la mayoría de los vigueses. Cada una de ellas está conformada por un Presidente/a y dos vocales, que son cargos obligatorios. Además de estos tres, se seleccionan otros dos suplentes por cada uno de ellos, con lo que cada mesa tiene 9 personas designadas. Una labor que no puede ser desempeñada por personas que se candidaten en esas elecciones.

Todas las personas que sepan leer y escribir menores de 70 años pueden entrar en el bombo, si bien las mayores de 65 pueden renunciar voluntariamente. La participación, obligatoria, está remunerada con 70 euros y todas las personas, los tres designados y los otros seis suplentes, deben presentarse a las 8h00 en el colegio electoral asignado el 23 de julio.

Eximentes para no estar en mesa

Aunque muchas personas optarán por el voto por correo, es importante recordar que éste no exime de formar parte de una mesa. Si te llega una notificación, tan solo podrás librarte en los siguientes casos:

  • Si tienes un viaje contratado, siempre y cuando se haya reservado antes de la convocatoria electoral.
  • Si eres mayor de 65 años y así lo solicitas
  • Si tienes una situación de discapacidad, incapacidad temporal o absoluta o también si tienes una lesión o enfermedad que te impida ejercer las funciones de la mesa
  • Si estás embarazada de más de seis meses, tienes un embarazo de riesgo, estás de permiso de maternidad o durante los primeros nueve meses de lactancia, materna o artificial
  • Si eres interno de un centro penitenciario
  • Si estás ingresado en un hospital psiquiátrico o tienes una intervención quirúrgica o prueba clínica inaplazable el propio 23J o los días posteriores
  • Si en los últimos diez años has sido miembro de una mesa electoral al menos en tres ocasiones
  • Si has sido víctima de un delito, declarado o presunto, cuyo culpable tenga una orden de alejamiento y vote en el mismo censo electoral
  • Si perteneces a una comunidad religiosa incompatible con la asistencia a la mesa, como las órdenes de clausura
  • Si has cambiado tu residencia a otra Comunidad Autónoma
  • Si estás al cuidado de menores de ocho años o de personas con discapacidad física, psíquica o sensorial. También puedes eximirte si eres madre o padre de un menor de catorce años que no pueda ser cuidado por otro familiar, o si estás al cuidado de un familiar, hasta el segundo grado de consanguinidad, que por edad, accidente o enfermedad no se pueda valer por sí mismo.
  • Si el 23J te casas, o tienes algún evento familiar del que eres protagonista o acompañas a alguien hasta segundo grado de consanguinidad.
  • Si el día de las elecciones generales tienes que prestar servicio en la Administración Pública siempre y cuando esté relacionado con las elecciones, es decir: Juntas Electorales, Juzgados o Administración. Además, puedes eximirte si eres médico, sanitario, bombero o miembro de protección civil teniendo que estar en activo ese día.
  • Si diriges un medio de comunicación de información general o servicios informativos que cubran la jornada, también te libras.
  • Si el 23J tienes que participar en un evento público programado antes del 23J y en el que seas insustituible, provocando tu ausencia la suspensión del evento y sus consiguientes perjuicios económicos.

Si cumples alguno de estos requisitos, debes presentar la documentación que así lo justifique o bien ante la Junta Electoral de Zona, entregando la documentación de forma presencial, o bien a través de la aplicación habilitada por la Junta Electoral Central, con el DNI electrónico, certificado o clave permanente.

Para presentar esta documentación tan solo tenemos siete días, por lo que es importante estar pendiente del buzón en las próximas jornadas.

Cuidado con no presentarse

La Ley Electoral (LOREG), recoge que "el presidente y los vocales de las mesas electorales así como sus respectivos suplentes que dejen de concurrir o desempeñar sus funciones, las abandonen sin causa legítima o incumplan sin causa justificada las obligaciones de excusa o aviso previo que les impone esta Ley, incurrirán en la pena de prisión de tres meses a un año o multa de seis a veinticuatro meses".

Antía Paz

(Vigo, 1984) Redactora en Radio Vigo. Ha trabajado...