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Condenado a 27 años de prisión el hombre que mató a una mujer en Oza-Cesuras

El acusado accedió al domicilio sin permiso y persiguió a la víctima hasta que la alcanzó y, a continuación, le disparó a quemarropa en la cabeza, según la sentencia

Juicio contra el hombre acusado del asesinato de una mujer en Oza-Cesuras / Cabalar (EFE)

A Coruña

La Audiencia Provincial de A Coruña ha condenado a 27 años de prisión al hombre que mató a una mujer en Oza-Cesuras (A Coruña) en enero de 2021.

La sentencia del 4 de diciembre, difundida este jueves por el Tribunal Superior de Xustiza de Galicia, considera al acusado culpable de un asesinato en concurso medial con un allanamiento de morada, con agravante de disfraz, además de tenencia ilícita de armas.

Le impone, junto a la pena de 27 años de prisión, una responsabilidad civil de 429.580 euros para la familiar de la víctima, las costas y los gastos derivados directamente de sus delitos.

La sentencia relata que el condenado, de 54 años, acudió el 15 de enero de 2021 a la vivienda de la víctima, que estaba convaleciente de una operación.

Accedió al domicilio sin permiso y persiguió a la víctima hasta que la alcanzó y, a continuación, le disparó a quemarropa en la cabeza.

Después huyó, pero cayó en unas zarzas cercanas, donde lo encontró la Guardia Civil instantes después de los hechos.

La magistrada presidenta indica en la sentencia que el Tribunal del Jurado ha considerado por unanimidad al encausado culpable de haber matado a la víctima, “haciéndolo en unas condiciones que aseguraban la muerte de la mujer, sin peligro alguno para la integridad física del acusado que pudiese provenir de una reacción defensiva por parte de la fallecida”.

Subraya además que, si bien es cierto que “no existe prueba directa de esa autoría, pues nadie vio al encausado matar a la víctima”, sí existe prueba indiciaria.

Explica que el delito de allanamiento de morada está en relación de concurso medial con el delito de asesinato consumado, ya que la entrada y permanencia en el domicilio de la víctima era algo medio necesario para poder cometer el asesinato.

Por tanto, el fallo descarta la versión del acusado, que defendió que el disparo mortal lo ejecutó un compañero, que nunca fue encontrado durante la instrucción.

Él mantuvo en todo momento que acudió a esa casa para perpetrar un robo con el objetivo de conseguir dinero para drogas.

La Fiscalía y la acusación particular apuntaron durante el juicio a una posible venganza como móvil, pues la víctima estaba casada con un compañero de trabajo de la mujer del procesado -cuya jefa también era pareja del padre de la asesinada- y, además, el acusado pensaba que existía una relación entre ambos.

La sentencia no es firme, pues cabe presentar recurso de apelación ante el Tribunal Superior de Xustiza de Galicia.

 
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