Un cirujano condenado a pagar cerca de dos millones de euros a una joven de 13 años que perdió la movilidad en las piernas
La indemnización será abonada, de forma directa, por las aseguradoras y, subsidiariamente, por el Servizo Galego de Saúde
A Coruña
El magistrado del Juzgado de lo Penal número 3 de A Coruña ha condenado a un cirujano a pagar una indemnización de 1.729.229 euros a una paciente que perdió la movilidad en las piernas tras someterse a una operación de columna en el Complejo Hospitalario Universitario de A Coruña en 2019, cuando tenía 13 años. La indemnización será abonada, de forma directa, por las aseguradoras y, subsidiariamente, por el Servizo Galego de Saúde.
El juez entiende que el traumatólogo que realizó la intervención, justificada porque padecía escoliosis con doble curvatura, colocó “un elevado número de tornillos de manera incorrecta en los pedículos vertebrales” e incurrió en un delito de lesiones cometidas por imprudencia menos grave, por el que le ha impuesto el pago de una multa de 5.400 euros.
El magistrado relata en la sentencia que la paciente “padece otras graves secuelas irreversibles, comprometiendo seriamente su calidad de vida y la de sus seres queridos, con una gran afectación personal, familiar y laboral, además de económica”. En el fallo, subraya que no se ha cuestionado ni la necesidad de la operación ni que el Chuac era el centro adecuado.
El titular del Juzgado señala que, en la intervención, durante la que el cirujano debía “estabilizar casi toda la columna para corregir la deformidad con implantes y barras de titanio”, se produjo una caída consecutiva de los potenciales de la monitorización neurofisiológica, hasta en cuatro ocasiones en menos de una hora. Además, indica que varios de los tornillos insertados en los pedículos vertebrales estaban mal posicionados, así como que algunos de ellos eran intrarraquídeos, tal y como reveló un TAC postoperatorio. El juez explica que, en este caso, “junto a la importante patología derivada de la doble curvatura a corregir, resulta que los pedículos vertebrales eran anormalmente estrechos en relación con la media de la población, problema no salvable con el empleo de tornillos más pequeños, pues resultó que los empleados ya eran los más pequeños que se usan”.
En la sentencia, descarta que el acusado se haya comportado de manera gravemente negligente. Sin embargo, concluye que sí actuó “con imprudencia simple en cuanto a la técnica de instrumentación, por haber colocado un elevado número de tornillos de manera incorrecta en los pedículos vertebrales”. Indica que durante la intervención se produjo un sangrado notable, por lo que el acusado debió “adoptar una postura acorde a esa situación”.
En el fallo, el juez descarta que los hechos hayan prescrito, pues, si bien al estar ante un delito leve el plazo sería de un año, destaca que la víctima tenía 13 años cuando fue intervenida, alcanzando la mayoría de edad en 2023. Recuerda que el Código Penal, ha prorrogado el plazo de prescripción de delitos cometidos contra las personas menores de edad.
Se sometió a una operación de columna en el CHUAC en 2019".