Selecciona tu emisora

Ir a la emisora
PerfilDesconecta
Buscar noticias o podcast

Cuatro años de cárcel por matar a un hombre con un cenicero en la Nochevieja de 2020 en Oleiros

El hijo de la víctima, según el relato de hechos probados de la sentencia, se percató de lo sucedido y se enfrentó al agresor, empujándose ambos

Fachada de la Audiencia Provincial de A Coruña / Cabalar (EFE)

Fachada de la Audiencia Provincial de A Coruña

A Coruña

El acusado de matar a un hombre al que golpeó con un cenicero durante la noche de Fin de año de 2020 ha sido condenado a cuatro años de cárcel. El Juzgado de lo Penal número 4 de A Coruña lo considera autor de un delito de homicidio por imprudencia grave. La víctima tenía 31 años.

Los hechos se produjeron sobre las seis de la madrugada del 1 de enero de 2020, en la zona de barra en la que se servían bebidas de un hotel de Oleiros cuando el acusado propinó un pisotón, golpeó y tiró al suelo a un hombre. El hijo de la víctima se enfrentó al agresor. Empleados del hotel abrieron las puertas para que salieran a la terraza exterior y allí se agarraron por el cuello y se propinaron golpes. El condenado ahora cogió un cenicero metálico y lo golpeó en la cara, provocando su caída al suelo. A consecuencia del golpe, la víctima sufrió una hemorragia que le causó la muerte.

Según la sentencia del 5 de mayo que ha publicado este lunes el Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG), el hombre también ha sido condenado como autor de un delito de lesiones sobre el padre del fallecido, por el cual le ha impuesto una multa de 1.080 euros.

Además, la jueza ha tenido en cuenta la circunstancia modificativa de la responsabilidad penal atenuante de embriaguez.

En concepto de responsabilidad civil, deberá pagar a los familiares del fallecido un total de 259.000 euros; y, a la persona que lesionó, 6.000 euros por las heridas y 3.300 euros por la secuela que sufre.

Asimismo, tendrá que abonar al Servicio Gallego de Salud 796 euros por los gastos de asistencia sanitaria prestada al lesionado.

La magistrada relata en la resolución que, sobre las 5:50 horas del día 1 de enero de 2020, en la zona donde se encontraba la barra en la que servían las bebidas de un hotel de Oleiros (A Coruña), el acusado propinó un pisotón, golpeó y tiró al suelo a un hombre.

El hijo de la víctima, según el relato de hechos probados de la sentencia, se percató de lo sucedido y se enfrentó al agresor, empujándose ambos.

En ese momento, los empleados del establecimiento abrieron las puertas para que salieran a la terraza exterior, donde se agarraron por el cuello, propinándose golpes.

La jueza señala que algunos de los presentes lograron que el hijo del lesionado entrara de nuevo en el local, pero volvió a salir y se aproximó al acusado, quien, agarrando un cenicero metálico que se encontraba en el lugar, lo golpeó fuertemente en la cara, lo que provocó que cayese.

Como consecuencia del golpe, sufrió una hemorragia que le causó la muerte.

La jueza apunta que “se pudo comprobar que la víctima había consumido esa noche una cantidad elevada de alcohol y cocaína, circunstancia que favoreció la hemorragia y redujo la reacción del organismo frente al traumatismo”.

En la sentencia, subraya que “la característica del acometimiento, zona del impacto e intensidad del golpe abonan, sin duda, la gravedad de la imprudencia en la acción del acusado que condujo al fatídico resultado: la víctima no habría fallecido de no haber recibido dicho impacto, razonamiento tan simple como relevante, pues la hemorragia inmediatamente causante de la muerte sobrevino, de manera inmediata, tras el impacto”.

Por ello, incide en que “el imprudente y grave actuar del acusado, ligado como mecanismo subyacente a los niveles de alcohol y cocaína de la víctima, causaron el fallecimiento”.

La magistrada, por lo tanto, considera probada la comisión de un hecho doloso, es decir, el golpe directo propinado en la cara con el cenicero, y de “un hecho consecuencia, no querido, pero previsible, actuando en la confianza de que este no se produjese, cual fue el resultado de la muerte de la víctima”.

La jueza expone que “ninguna duda puede suscitarse" de que la de agresión -un cenicero de no reducidas dimensiones y el golpe dirigido a la cara- "incrementó la gravedad del resultado, tal es así que la víctima falleció, existiendo relación causal entre el traumatismo y el resultado del fallecimiento”.

La sentencia no es firme, pues cabe interponer recurso ante la Audiencia Provincial de A Coruña.

 

Directo

  • Cadena SER

  •  
Últimos programas

Estas escuchando

Hora 14
Crónica 24/7

1x24: Ser o no Ser

23/08/2024 - 01:38:13

Ir al podcast

Noticias en 3′

  •  
Noticias en 3′
Últimos programas

Otros episodios

Cualquier tiempo pasado fue anterior

Tu audio se ha acabado.
Te redirigiremos al directo.

5 "

Compartir