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Ratificada la condena a siete años de cárcel contra el acusado de agresión sexual en un parking de Vigo

Además de la pena de prisión, el tribunal ha establecido una medida de libertad vigilada de cinco años y una indemnización

Foto de archivo de la sede del TSXG

Foto de archivo de la sede del TSXG

El Tribunal Superior de Xustiza de Galicia ha confirmado la pena de siete años de prisión impuesta a un hombre por agredir sexualmente y robar a una persona en un aparcamiento de la calle Rosalía de Castro en Vigo.

La sentencia, dictada inicialmente por la sección quinta de la Audiencia Provincial de Pontevedra, declara al acusado culpable de un delito de agresión sexual con penetración, por el que se le impusieron cinco años de cárcel, y de un delito de robo con violencia, con una condena de dos años adicionales.

Además de la pena de prisión, el tribunal ha establecido una medida de libertad vigilada de cinco años que deberá cumplir una vez finalizada su estancia en la cárcel. Se le prohíbe comunicarse o aproximarse a la víctima durante diez años y deberá abonar una indemnización de 9.000 euros.

Hechos probados y ratificados

Los hechos probados, ahora ratificados por el TSXG, ocurrieron la madrugada del 29 de mayo de 2022. El condenado y la víctima, a quien no conocía, se encontraron en la calle Rosalía de Castro y el agresor le propuso consumir cocaína. Con este pretexto, ambos se dirigieron a los baños del parking subterráneo, donde el acusado perpetró la agresión sexual. Tras la agresión, cuando la víctima cayó al suelo, el atacante huyó llevándose su teléfono móvil. Fue detenido poco después, y el terminal sustraído se le encontró durante el cacheo.

El TSXG ha enfatizado que el testimonio de la víctima es "creíble en sí mismo" debido a su coherencia y falta de contradicciones. También destaca que la víctima relató los hechos de manera completa, incluyendo tanto los detalles favorables como los perjudiciales para su propio relato.

Versión corroborada por testigos

La versión de la víctima fue además corroborada por varios testigos y por el parte médico del servicio de urgencias hospitalarias. La Sala de lo Civil y Penal del TSXG ha desestimado los argumentos de la defensa sobre un posible error en la valoración de la prueba o la vulneración de la presunción de inocencia.

Esta sentencia aún no es firme, ya que cabe la posibilidad de presentar un recurso de casación ante el Tribunal Supremo.

 

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