El TSXG absuelve de homicidio por omisión al novio de Nerea Añel
Los magistrados del alto tribunal gallego subrayan que la defensa del condenado “tiene razón” en cuanto a que se vulneró su presunción de inocencia

OURENSE, 19/02/2024.- La Audiencia Provincial de Ourense sienta a la expareja de Nerea Añel y único acusado como autor de la muerte violenta de la joven de 26 años en un juicio con jurado popular este lunes en Ourense. EFE/ Brais Lorenzo / Brais Lorenzo (EFE)

La Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) ha absuelto al hombre condenado por presuntamente haber causado, por falta de asistencia, la muerte de su pareja, Nerea Añel, tras una caída en enero de 2020 en la localidad de Barbadás (Ourense). De esta forma, los magistrados han estimado el recurso presentado por el sospechoso, Julio González, quien fue condenado por la Audiencia Provincial de Ourense, tras el veredicto del Tribunal del Jurado, a diez años de cárcel como autor de un delito de homicidio por comisión por omisión del artículo 138, en relación con el artículo 11 del Código Penal.
Los magistrados del alto tribunal gallego subrayan que la defensa del condenado “tiene razón” en cuanto a que se vulneró su presunción de inocencia, pues afirman que “estamos ante una inferencia demasiado abierta y no apoyada en bases solventes”.
El TSXG concluye que, “desde un indefectible patrón interpretativo acomodado a Derecho (estricto), no existe una previa posición de garantía, un especial deber jurídico -y no solo moral o social- proveniente de ‘la relación de pareja, desde hace aproximadamente dos meses, en el curso de la cual mantuvieron enfrentamientos mutuos’, que creara para el recurrente la obligación de tratar de impedir el resultado”. La sentencia del TSXG no es firme, pues cabe presentar recurso ante el Tribunal Supremo.




