Fin a 50 años de excepción: el TSXG confirma que los empleados de Aqualia en Vigo deberán pagar el recibo del agua
La Justicia considera "ilícita" la exención por la que empleados y familiares no hacían frente al pago del servicio

Instalaciones de Aqualia / Aqualia

El Tribunal Superior de Xustiza de Galicia ha dictaminado que la exención del recibo del agua para los trabajadores de la empresa concesionaria Aqualia en Vigo es "ilícita", obligando a los empleados a pagar este servicio como el resto de los ciudadanos, a pesar de que habían disfrutado de este beneficio durante casi medio siglo.
La decisión del TSXG desestima un recurso presentado por el comité de empresa de Aqualia contra una sentencia anterior que ya había declarado ilegal esta práctica. Según la resolución judicial, esta exención, que se mantenía desde hace casi 50 años, carece de sustento legal desde la derogación en 1998 de la ordenanza que la amparaba.
Empleados y familiares exentos de pago
La polémica surgió en febrero de 2022, cuando Aqualia, la empresa que gestiona el servicio de agua en Vigo, comenzó a cobrar el recibo a sus empleados fijos residentes en la ciudad, quienes históricamente habían estado exentos de este pago. Esta situación motivó una demanda por parte del comité de empresa.
La exención se había establecido originalmente en 1972 bajo una Ordenanza de Trabajo específica para las industrias del sector del agua. Sin embargo, esa normativa fue derogada en 1998.
Aunque la empresa mantuvo el beneficio durante años, el juzgado de lo Social en primera instancia argumentó que esta práctica no podía considerarse una "condición más beneficiosa" para los trabajadores, ya que no estaba recogida en los convenios nacionales del sector.
Todos los usuarios deben pagar
Tanto el juzgado de lo Social como el TSXG coincidieron en que la normativa actual establece que todos los usuarios del servicio de agua, incluidos los trabajadores de Aqualia, deben ser considerados como sujetos pasivos y, por tanto, están obligados a pagar por él.
El TSXG, al respaldar la sentencia original, ha zanjado la cuestión en esta instancia.
El fallo aún puede ser objeto de un recurso de casación para la Unificación de Doctrina, lo que podría llevar el caso a una instancia judicial superior.




