6 años de prisión por dejar ciego a su novio con un cargador de móvil en Vigo
El TSXG desestima el recurso presentado y sostiene la intencionalidad en la agresión


El TSXG ha ratificado la condena de seis años de prisión impuesta a una mujer por un delito de lesiones, al haber agredido a su pareja con un cargador de móvil y causarle la pérdida del ojo izquierdo.
La Sala de lo Civil y Penal del TSXG ha desestimado el recurso presentado por la condenada, avalando así la sentencia dictada previamente por la sección quinta de la Audiencia Provincial de Pontevedra. De esta forma, el alto tribunal gallego descarta de plano la tesis de que la grave lesión se produjera por accidente.
Según concluye el TSXG, el análisis del tribunal de primera instancia evidencia que se trató de "una agresión directa e intencionada a una parte del cuerpo de la víctima en la que, sin duda, ya se asume que se causarán daños importantes".
La sentencia subraya que tanto la "intención" como la "asunción de las consecuencias" del golpe no ofrecen lugar a dudas, más allá de que la recurrente alegara que su intención inicial no era causar un daño de tanta gravedad.
Para el tribunal, "lo relevante" es la apreciación de que "el daño, el que fuera, se le representó como posible, propinando el golpe y aceptando cualquiera que fuese el resultado".
La resolución del TSXG es susceptible de ser recurrida ante el Tribunal Supremo.




