Comité de Acoso del concello de Lugo: Estas son las claves para entender su renovación
La jefa de servicio de Prevención, María José Carvallo, subraya la importancia del sigilo y cree conveniente su actualización

Renovación en el Comité de Acoso en el concello de Lugo: Estas son las claves para entender cómo funciona este órgano
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Lugo
La reciente decisión del alcalde de Lugo, Miguel Fernández, de proponer la renovación a los miembros del Comité de Acoso del Ayuntamiento ha generado la necesidad de responder preguntas sobre una herramienta tan necesaria como desconocida: ¿Qué es exactamente este órgano?, ¿Cómo funciona?, ¿Por qué es necesario renovarlo? Para aclarar estas cuestiones, María José Carvallo Ruiz, jefa del Servicio de Prevención de Riesgos Laborales del consistorio, explicó en Hoy por Hoy Lugo los aspectos clave.
El Comité de Acoso no es un tribunal ni un equipo disciplinario, aclara Carballo. Su función principal es prevenir y actuar ante situaciones que puedan afectar la dignidad, salud física o emocional de los trabajadores. "Cuando se recibe una denuncia, el comité analiza si se trata de un caso de acoso, un conflicto laboral o un problema organizativo, porque no es lo mismo y es cierto que habría que empezar a saber diferenciarlos", comenta.
Una vez que el caso llega a manos de este Comité, el órgano lo analiza y si la situación lo requiere, puede proponer medidas urgentes, como separar a las personas implicadas, "pero siempre desde la mediación y la escucha, no la sanción o el castigo", puntualiza.
Origen legal y evolución
Este instrumento nació con la Ley Orgánica 3/2007, que impulsó la igualdad efectiva entre mujeres y hombres, y se consolidó con la Ley de Prevención de Riesgos Laborales. Inicialmente, la prevención se centraba en riesgos físicos, pero hoy incluye también la salud emocional. "El acoso psicológico, la humillación o el trato vejatorio son considerados riesgos laborales que deben evaluarse y prevenirse", ejemplifica.
En las administraciones, el comité se compone de representantes designados por la dirección y por los trabajadores, garantizando equilibrio y paridad.
Los miembros deben contar con formación en prevención, resolución de conflictos y normativa laboral. Además, se recomienda su renovación periódica para evitar que el sistema se vicie. Carvallo, además, subraya la importancia de actualizar perfiles y reforzar la capacitación "dentro de las posibilidades y limitaciones que puede haber en los servicios o empresas".
Filtraciones
El artículo 65.2 del Estatuto de los Trabajadores obliga a los miembros del comité a firmar un deber de sigilo, ya que manejan datos extremadamente sensibles, incluidos documentos sanitarios. “Debe ser un espacio seguro donde el trabajador se sienta protegido y nunca solo”, recalca la jefa de servicio de prevención de riesgos laborales.
En definitiva, el Comité de Acoso es una herramienta para garantizar respeto, convivencia y bienestar laboral, más allá de la ley: “Es una cuestión de cultura social y de dignidad”, concluye la profesional.
Sara Meijide
Redactora de Radio Lugo




