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La Justicia reconoce el derecho de una funcionaria de Vigo a cobrar la diferencia salarial por asumir responsabilidades no reconocidas

La sentencia concluye que la funcionaria ejercía funciones correspondientes a un puesto superior al suyo, que no eran remuneradas

Foto de archivo del Tribunal Superior de Xustiza de Galicia

Foto de archivo del Tribunal Superior de Xustiza de Galicia

La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Xustiza de Galicia ha emitido una sentencia que marca un precedente al reconocer el derecho de una funcionaria interina de Vigo a percibir las diferencias retributivas por haber desempeñado funciones correspondientes a un puesto de categoría superior al suyo.

La sección primera de la Sala condena a la Xunta de Galicia a abonar las cantidades adeudadas a una interina que ejerció como psicóloga en un centro de Vigo entre los años 2020 y 2024. El tribunal considera probado que la trabajadora realizó tareas propias de un puesto mejor remunerado.

Reconocimiento de complemento

Los magistrados fundamentan su decisión en el principio de que "al funcionario que acredita la realización de las funciones de un puesto de trabajo distinto del suyo y con retribuciones complementarias superiores, se le deben satisfacer los complementos de destino y específico del que efectivamente ha desempeñado".

De esta forma, el TSXG estima parcialmente el recurso presentado por la interina, garantizando que se le paguen los complementos salariales correspondientes a las funciones de mayor nivel que demostró haber realizado.

Desestimado el fraude de ley

A pesar de la victoria en el ámbito salarial, la Sala rechaza que la Administración autonómica haya incurrido en fraude de ley en el nombramiento de la interina.

En consecuencia, el tribunal desestima la petición de la trabajadora de declarar nulo su cese en el puesto de funcionaria interina del Cuerpo Superior de la Administración General de la Xunta (subgrupo A1) y su consiguiente readmisión como psicóloga. La Sala argumenta que el nombramiento se realizó en el marco de un programa temporal y no se excedió el plazo legal establecido.

Además, la sentencia aclara que, incluso de haberse probado la existencia de fraude o abuso en la contratación, la jurisprudencia del Tribunal Supremo y del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) impide que esta conclusión se traduzca en convertir a la interina en funcionaria de carrera o personal público fijo equiparable.

La sentencia del TSXG no es firme y contra ella cabe la interposición de un recurso ante el Tribunal Supremo.

 

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