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Sociedad

Absuelto el Policía Local de Vigo acusado de violar a una joven de 18 años

Los jueces señalan no poder probar la ausencia de consentimiento

La sección quinta de la Audiencia Provincial de Pontevedra, con sede en Vigo, ha absuelto al policía local de Vigo acusado de violar a la hermana de uno de sus amigos al entender que no ha sido probada la ausencia de consentimiento.

El tribunal entiende acreditado que ambos mantuvieron relaciones sexuales en el coche del procesado durante la madrugada del 27 de noviembre de 2022, cuando el sospechoso tenía 42 años, y la denunciante, 18.

En la sentencia, los magistrados concluyen que carecen de pruebas para desvirtuar la presunción de inocencia del sospechoso. Así, explican que la declaración de la afectada "carece de la suficiente fiabilidad como para que se pueda admitir que no había prestado en aquel momento su consentimiento para mantener una relación sexual con el denunciado".

Los magistrados señalan que los desvanecimientos sucesivos relatados por la mujer, que descartarían el consentimiento, "se produjeron en un breve espacio temporal, alternándose con episodios en que estaba despierta y en los que admite que pudo haber realizado tales manifestaciones de consentimiento".

A ello, añaden que carece de respaldo esa pérdida de voluntad que manifestó en el plenario, en el sentido de que se veía obligada a hacer lo que el acusado le pedía, "porque no consta ni que hubiera bebido o que éste le hubiera suministrado algún tipo de sustancia favorecedora de tal situación".

Mensajes después de los hechos

En el fallo, los jueces también hacen referencia a los mensajes intercambiados entre ambos al día siguiente de los hechos, en los que, según la sala, "no se desprende tampoco que la denunciante hubiera reflejado una situación de falta de consentimiento".

Por lo tanto, la Audiencia asegura que "se ha introducido una duda razonable de cierta entidad acerca de la existencia del consentimiento", lo cual impide dictar una sentencia condenatoria.

Pese a todo, el fallo no es firme, pues cabe presentar recurso de apelación ante el Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG).