Esto es todo lo que debes saber antes de hacer la declaración de la renta en Galicia
El economista Luis Piñeiro repasa las principales dudas: novedades, qué debemos declarar y qué se puede deducir

Esto es todo lo que debes saber antes de hacer la declaración de la renta en Galicia
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Lugo
Cada año, el inicio de la campaña de la declaración de la renta es también un momento de dudas sobre qué hay que declarar, qué gastos se deben deducir y la gran incógnita: ¿Saldrá a devolver o a pagar? El economista Luis Piñeiro resuelve en Hoy por hoy Lugo algunas de las principales dudas.
Lo primero que recomienda es "ir abriendo el programa Renta WEB y comprobando los datos del borrador". Aunque todavía acaba de abrirse el plazo, "es bueno no dejarlo para el último momento", aconseja.
Apunta además que hoy en día existen "medios informáticos" que "sin necesidad de tener grandes conocimientos en tecnología" pueden resultarnos útiles. En este caso, el programa en línea de la Agencia Tributaria "permite de relativamente sencilla descargarnos nuestros datos fiscales", que "en su mayoría estarán ya cargados, excepto las ventas de activos financieros u otras cuestiones muy concretas". "Es bueno empezar por ahí", señala.
¿Quiénes están obligados a hacer la declaración de la renta?
"Casi todos", dice el economista, "pero hay algunas excepciones". En principio, "los trabajadores que están en régimen especial de autónomos tienen obligación sí o sí independientemente del nivel de ingresos". A parte de este grupo, sí que hay algunas excepciones. "Si tienes unos ingresos relativamente bajos no tienes obligación de presentarla", señala, aunque a veces compensa.
"El hecho de que no tengas que declarar el IRPF, no quiere decir que no te vayan a devolver algo", asegura Piñeiro, y continúa con un ejemplo: "Pongamos por caso que tienes una nómica de menos de 22.000 euros, pues no tienes por qué presentarla, pero a lo mejor te conviene si tus retenciones hacen que te salga a devolver, aunque legalmente no estés obligado".
Las novedades de este año
Entre las principales novedades que hay este año se encuentra "la deducción para aquellos trabajadores que perciban el Salario Mínimo Interprofesional". Este año, con la subida que se ha aplicado sobre el sueldo mínimo, que "está en 16.576 euros", recuerda Piñeiro, "se ha incluido una pequeña deducción de 340 euros".
También se prorroga este 2026 "la exención a la hora de presentar la declaración de la renta si percibes la prestación de desempleo", aunque con matices. Están exentos aquellos que no superen un límite: "22.000 euros en el caso de un solo pagador, y 15.876 si son ingresos de varios pagadores".
"En cuanto a las rentas del ahorro no hay grandes novedades", señala el economista, pero las principales tienen que ver con "una escala que se llama renta del ahorro": "Ganancias patrimoniales por la venta de inmuebles, de acciones, etc. de hasta 6.000 euros tributan un tipo fijo del 19%, de 6.000 hasta 50.000 tributan al 21%, y desde ahora si obtienes ganancias patrimoniales por encima de 300.000 euros pasa de un 28 a un 30%".
En cuanto a las deducciones, se prorrogan también aquellas relacionadas con "la compra de vehículos eléctricos" y también "para la rehabilitación y obras de mejora para la eficiencia energética en el caso de viviendas".
¿Tengo que declarar lo que vendo por Wallapop o Vinted? ¿Y qué pasa con los Bizum?
El economista es claro en a respecto de si hay que declarar las ventas a través de aplicaciones de objetos de segunda mano, como Wallapop o Vinted: "Solamente si existe una ganancia patrimonial". Esto aplica también al intercambio de Bizums. No hay que declararlos si se trata de enviar dinero para pagar parte de una cena o de un regalo, pero "si nos dedicamos a la venta de objetos y lo aceptamos como modo de pago, hay hay que declararlos".
En el caso de las aplicaciones de compraventa de segunda mano, Piñeiro considera que "es muy difícil llegar a esos niveles" en los que se considera que hay ganancia patrimonial. "Salvo", apunta, "situaciones tan concretas como esos cromos de Pokémon famosos que se vendieron por grandes cantidades de dinero". En este caso, sí que habría que incluirlos en la declaración de la renta.
¿Qué ayudas hay que declarar?
"Todas las que entran dentro de los ingresos", aclara el experto. Aunque después "hay que ver qué calificación tienen". Las ayudas que suponen un ingreso en nuestros bolsillos, por ejemplo, "por compra de vehículos", pero también el Bono Peixe, el Bono Comercio o subvenciones similares", se entienden como "ingresos que recibimos" y por lo tanto "hay que declararlos".
En el caso de Galicia, matiza, existen algunas deducciones autonómicas que se aplican sobre determinadas ayudas. Es otra novedad de este año, por ejemplo, las que aplican a las "subvenciones percibidas por afectados por la Esclerosis Lateral o la Talidomida". Es decir, "hay que declararlos, pero luego sobre ellos se aplicará una deducción".




