Aprobada de forma inicial la ordenanza de ocupación de la vía pública con terrazas y otras instalaciones en Murcia
Entre las principales novedades está la autorización de terrazas de hostelería en azoteas
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Terrazas en el centro de Murcia / Cadena Ser
Murcia
La nueva ordenanza amplía a 1,80 metros el espacio libre al tránsito peatonal en zona contínua, no se pdrán conceder autorizaciones en aceras con una anchura inferior a 3,5 metros, y aumenta la distancia mínima entre la fachada y la sombrilla hasta los 1,80 metros.
Además, no se autorizará la instalación de terrazas a actividades que sean calificadas de salas de fiestas y/o discotecas ni como locales de apuestas o de azar.
La instalación de terrazas y otras instalaciones en entornos declarados Bien de Interés Cultural, será necesaria la resolución favorable de la Comunidad Autónoma.
Por otra parte, los hosteleros podrán instalar sombrillas o parasoles móviles siempre que sean homogéneos, en tonalidades beige, crudo o similar; y se prohíbe la instalación de toldos en las nuevas autorizaciones de terrazas.
También se regula la iluminación, de forma que sean luminarias autónomas, carentes de cableado exterior, sin enganches a inmuebles y dotados de suficiente autonomía para su fin, y se autoriza instalar terrazas de hostelería en azoteas, siempre que sea compatible con el planeamiento urbanístico.