El TSJRM rechaza los recursos de seis condenados que pedían rebajas de pena por la Ley del "solo sí es sí"
La Sala de lo Civil y Penal discrepa de los recursos presentados por estos condenados por delitos contra la libertad sexual y considera que la nueva normativa les sería menos favorable
Murcia
El Tribunal Superior de Justicia de la Región de Murcia (TSJRM) ha desestimado los recursos presentados por seis hombres que fueron condenados por la Audiencia Provincial por delitos que según la legislación anterior a la reforma de la Ley de 2022, conocida por la de “solo sí es sí”, eran constitutivos de abusos o agresión sexual y que reclamaron una rebaja de la pena en aplicación de esta.
La Sala de lo Civil y Penal del TSJRM desestima los recursos de apelación al señalar el tribunal que la nueva normativa fija penas más elevadas para los delitos que cometieron que las que preveía la legislación vigente cuando se produjeron los mismos.
Así, en una de esas resoluciones, el tribunal señala que el recurrente, que fue condenado a catorce años de prisión por un delito continuado de agresión, solicitó que, en aplicación de la nueva Ley, se rebajara a doce años y medio al considerarla la norma más favorable.
Sin embargo, la Sala discrepa de ese criterio y señala que con la reforma la pena mínima que se le podría haber impuesto era de trece años, nueve meses y un día, mientras que la contenida en la legislación que se le aplicó era de tres meses menos.
En otro de los autos, el TSJRM, por el mismo motivo, desestima el recurso presentado por otro hombre que fue condenado como autor de sendos delitos continuados de abusos sexuales sobre dos menores de 16 años de edad a cuatro y dos años de prisión, añadiendo que la aplicación de la nueva normativa le sería menos favorable.