La justicia reconoce a los profesores interinos la excedencia por cuidado de hijos como servicio activo
El TSJRM revoca la sentencia dictada por un juzgado de lo Contencioso de Murcia que respaldó la resolución de la Administración regional

Cuidados en la infancia / Catherine Delahaye

Murcia
La Sala de lo Contencioso del Tribunal Superior de Justicia de la Región de Murcia (TSJRM) ha declarado en una sentencia que los docentes interinos tienen derecho a que el tiempo que estuvieron en excedencia por cuidado de hijos les sea contemplado a efectos del cobro íntegro de sus retribuciones.
La Sala estima así el recurso que una veintena de profesores y profesoras interinas presentaron contra la sentencia que respaldó la resolución de la Consejería de Educación que rechazó su solicitud de reconocimiento de ese derecho por los meses de julio y agosto de 2020.
En esa petición, los docentes interinos señalaron que se trataba de que esos meses fuesen computados como si hubieran estado en activo a los efectos de la prórroga de sus nombramientos y el abono de las retribuciones correspondientes.
El TSJRM revoca la sentencia dictada por un juzgado de lo Contencioso de Murcia que respaldó la resolución de la Administración regional.
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