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Un profesor de Murcia condenado por abusar de cinco alumnas menores de edad evita la prisión a cambio de no volver a delinquir

El acuerdo de conformidad le permite no entrar en prisión tras la condena a siete años a condición de que durante ese tiempo no vuelva a delinquir, abone la parte de las indemnizaciones que le falta y pague la multa impuesta

Audiencia Provincial de Murcia - Palacio de Justicia

Murcia

La Audiencia Provincial de Murcia ha condenado a penas que suman siete años y un mes de cárcel y multa de 900 euros a un profesor de Educación Física que reconoció en el juicio que abusó -hoy, agresión sexual- durante años de cuatro alumnas, y en otra ocasión, de una quinta, todas menores de edad. Sin embargo, tras el acuerdo de conformidad alcanzado, no entrará en prisión en un periodo de cinco años si no vuelve a delinquir.

La sentencia señala que la mayor parte de los delitos por los que se les condena se produjeron a partir de 2017, cuando había asumido la dirección del centro de Infantil y Primaria dependiente de la Comunidad Autónoma de Murcia en el que impartía aquella docencia. El relato de hechos probados señala que el primero de los cuatro delitos continuados se produjo en los años 2003 y 2004, cuando en un indeterminado número de ocasiones realizó tocamientos sobre una alumna de 10-11 años de edad.

Desde 2016 hasta octubre de 2018 efectuó hechos similares sobre otra de 8-11 años, que en el mismo espacio temporal repitió con otra de 7-9 años.

Durante el curso 2018-2019 cometió otro delito continuado sobre una escolar de 9-10 años, y, finalmente, en octubre de 2018, mantuvo la misma conducta delictiva en una ocasión sobre otra de diez años de edad.

La sentencia de conformidad le impone también siete años de libertad vigilada y 28 de inhabilitación especial para el ejercicio de cualquier profesión u oficio que conlleve el contacto con menores, así como alejamiento de 200 metros de las menores de distinta duración.

Finalmente, deberá indemnizar a las cinco víctimas con cantidades que suman 67.000 euros, de los cuales antes de la celebración de juicio había adelantado 47.000, declarándose por el tribunal a la Comunidad Autónoma responsable civil subsidiario al ser el acusado funcionario de la misma.

La Sala acuerda dejar en suspenso el cumplimiento efectivo de las penas de prisión durante cinco años a condición de que durante ese tiempo no vuelva a delinquir, abone la parte de las indemnizaciones que le falta y pague la multa impuesta por uno de los delitos y otra de 4.800 a la que se le obliga por el beneficio que se le concede.

Para abonar la responsabilidad civil pendiente se le permite hacerlo en sesenta cuotas mensuales, y para pagar la segunda multa, en cincuenta mensualidades.

 
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