Tribunales

El juez abre juicio oral al secretario general del PSOE en la Región de Murcia, José Vélez, por el caso de la plaza de toros de Calasparra

El magistrado del juzgado de primera instancia e instrucción número 3 de Caravaca de la Cruz emite el auto en el que también lleva al banquillo a Jordi Arce, el concejal Antonio Merino y el responsable de la mercantil Chipé

27-02-2022 El secretario general del Partido Socialista en la Región de Murcia, Pepe Vélez ESPAÑA EUROPA MURCIA POLÍTICA PSRM / PSRM

Murcia

El juez instructor ha decidido abrir juicio oral a José Vélez, secretario general de los socialistas de la Región de Murcia, por el caso de la plaza de toros de Calasparra en la feria taurina del arroz, entre los años 2017 y 2019, cuando era alcalde de este municipio. Este auto llega tras los escritos de acusación de Fiscalía como del abogado Juan Rigabert, que representa al exconcejal de Ciudadanos Carlos Alajarín y al de Calasparra Viva -ahora en el Grupo Mixto- Alonso Torrente.

El Ministerio Público pidió por los delitos de prevaricación continuada, malversación de caudales públicos y falsedad documental penas que suman 8 años y 6 meses de prisión y conllevan hasta 18 de inhabilitación especial para empleo o cargo público en el caso del exalcalde y el exconcejal, Jordi Arce y el concejal en activo Antonio Merino. Por su parte, la acusación popular concreta en 12 años de inhabilitación especial por prevaricación administrativa continuada y 8 años de prisión y 20 de inhabilitación absoluta por el delito continuado de malversación de caudales públicos.

Ambas acusaciones han pedido una indemnización conjunta y solidaria por el perjuicio causado al Ayuntamiento de Calasparra. Cantidad que la acusación pública fija en 249.630 euros y la acusación popular eleva a 367.096 euros. Ahora falta que la Audiencia Provincial fije la fecha del juicio.

"No tenemos noticias sobre el delito de falsedad y su imputación"

Sobre este asunto, el letrado de Vélez, Raúl Pardo-Geijo, asegura a la Cadena SER en la Región de Murcia que "desde la estricta esfera procesal-penal, las imputaciones no se sostienen de ninguna manera, ni siquiera ejerciendo un exhaustivo esfuerzo intelectual incriminatorio".

Se acusa de prevaricación "por un error procedimental sin ningún calado que, una vez subsanado, deparó en idéntica resolución: la legal (convenio) y, por supuesto, la más adecuada. Por otro lado, se pretende que la empresa que tenía la plaza alquilada y que proporcionó los novillos al Ayuntamiento para los encierros no cobrase nada al Ayuntamiento. No sé en qué cabeza cabe tal inferencia, al menos en términos económicos".

En lo relativo a la malversación, "ningún gasto que no redundase en beneficio del municipio ha sido sufragado por el Ayuntamiento, por lo que los visos de prosperabilidad penal son nulos. Todo ha sido justificado: otra cosa es que se desee que sea el Tribunal (y no el propio Instructor) el que, sometiendo indebidamente a juicio al ciudadano, haga esa fácil comprobación."

Eso sí, sobre el delito de falsedad, "es la primera noticia que tenemos acerca de su imputación". Si se observa el auto de transformación, no se alude a este delito, ni siquiera fácticamente, porque jamás ha sido reprochado ningún acto falsario. "Si comprobamos las declaraciones de investigados filtradas a los medios, tampoco. Ahora, sin posibilidad alguna de defensa, se nos acusa de no haber acreditado la realidad de un expediente: ¡Pero si nunca se nos ha preguntado nada!"

La consecuencia de ello, concluye Raúl Pardo, "si acaso vamos a juicio, sólo puede ser absolutoria, pero ¿a qué coste?"

Feria Taurina del Arroz

La investigación se centraba en las relaciones jurídicas del consistorio con la empresa para la cesión para los encierros matutinos de las reses contratadas para los festejos taurinos de la Feria que se celebraban por la tarde. Por las que el Ayuntamiento de Calasparra habría abonado con dinero público determinados gastos cuyo beneficiario directo o indirecto fue el empresario investigado, bien por tratarse de pagos directos a la empresa Chipé por facturas que carecen de justificación, y que se matiza, el Ayuntamiento tampoco requirió, bien por ser desembolsos propios de la Feria Taurina del Arroz, actividad privada, o bien por constituir gastos relacionados con la plaza de toros, de titularidad privada, explicaba el magistrado en el auto de conclusión de la instrucción.

 
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