Condenado el Servicio Murciano de Salud por no advertir del riesgo de acortamiento del pene en una intervención quirúrgica
El Tribunal Superior de Murcia descarta la existencia de mala praxis médica en la actuación sanitaria pero considera insuficiente el consentimiento informado

Enfermeros y médicos intervienen en una operación / Cadena SER

Murcia
La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Murcia ha estimado parcialmente el recurso de un paciente contra el Servicio Murciano de Salud y le reconoce una indemnización de 20.000 euros por la deficiente información recibida antes de una cirugía para tratar la enfermedad de Peyronie.
El afectado, que reclamaba más de 67.000 euros, alegaba no haber sido advertido de las consecuencias de la intervención, entre ellas el acortamiento del pene y la posibilidad de que la operación no resolviera su problema.
Los argumentos jurídicos
El tribunal descarta mala praxis médica, señalando que la cirugía se ajustó a la lex artis y que las secuelas son riesgos inherentes a la técnica.
Sin embargo, la sentencia considera insuficiente el consentimiento informado, al ser “genérico y vacío de contenido”, sin detallar riesgos frecuentes ni el impacto en la vida sexual. El TSJ recuerda que la falta de información vulnera el derecho de autodeterminación del paciente y genera daño moral indemnizable, incluso sin negligencia médica.
La resolución es recurrible en casación ante el Tribunal Supremo.

Ana González
Redactora de Radio Murcia de la Cadena Ser. Comencé en Radio Lorca. Licenciada en Ciencias de la Información...




