La jueza aprecia indicios de homicidio imprudente en el incendio de las discotecas de Murcia
Continúa el procedimiento contra seis personas: los responsables de los locales, el organizador de la fiesta, el técnico que diseñó el espacio y la persona responsable de las máquinas generadoras de “chispas de fuego frío”

Incendio en tres discotecas en Atalayas, Murcia / 112 Región de Murcia

La magistrada de la plaza 3 de la Sección de Instrucción del Tribunal de Instancia de Murcia ha concluido que existen indicios suficientes para continuar el procedimiento penal por el incendio que arrasó dos discotecas del polígono industrial de Las Atalayas en octubre de 2023, un siniestro en el que murieron trece personas y otras trece resultaron heridas.
Según el auto, los hechos podrían ser constitutivos de un delito de homicidio por imprudencia, motivo por el que se dirige la causa contra seis personas: los responsables de ambas discotecas, el organizador de la fiesta celebrada aquella noche, el técnico proyectista que intervino en la configuración del local y la persona vinculada indiciariamente a la introducción y utilización de las máquinas generadoras de “chispas de fuego frío” durante la celebración de la fiesta, actuación que el auto considera relevante en el origen del incendio y respecto de la cual aprecia previsibilidad del riesgo.
La instructora considera que hay “indicios racionales” que permiten seguir investigando en el marco de un procedimiento abreviado.
El origen del fuego: máquinas que lanzaban chispas a alta temperatura
El documento judicial detalla que, para la celebración de la fiesta, se instalaron dos máquinas generadoras de “chispas de fuego frío” alimentadas con titanio. Aunque su denominación pueda sugerir un bajo riesgo, el sistema alcanzaba temperaturas de hasta 452 grados y proyectaba chispas a varios metros de altura.
Las máquinas, que además “carecían de número de referencia o serie”, exigían mantener distancias de seguridad específicas. Sin embargo, de forma indiciaria, la jueza señala que las chispas estuvieron impactando repetidamente contra el techo durante toda la noche, hasta que este terminó por arder “en el punto exacto” donde chocaban las proyecciones.
Propagación rápida y deficiencias estructurales
El fuego avanzó con velocidad y se extendió al establecimiento contiguo. Trece personas que se encontraban en la planta superior no pudieron abandonar el local a tiempo y fallecieron en su interior.
La instructora también analiza la reforma que años antes dividió la nave industrial original en dos salas independientes. Esa modificación se habría ejecutado “sin licencia municipal” y, según el auto, tuvo un papel determinante en la propagación del fuego entre ambos establecimientos y en la gravedad de las consecuencias.
El informe enumera varias deficiencias técnicas relacionadas con la seguridad contra incendios previstas en el Código Técnico de la Edificación: falta de elementos con resistencia adecuada, inexistencia de una franja de protección en la cubierta, ausencia de puertas cortafuegos y la presencia de conductos de climatización que comunicaban directamente con el local contiguo, lo que facilitó la expansión de las llamas.
También se subraya que, siempre de forma indiciaria, en ambos establecimientos se empleaban materiales, elementos constructivos y mobiliario cuya resistencia al fuego no estaba certificada.
Además del delito de homicidio imprudente, el auto acuerda continuar el procedimiento por trece delitos de lesiones por imprudencia grave, al considerar que hay indicios de que otras trece personas resultaron lesionadas como consecuencia directa del incendio.




