El Supremo estudia si impone penas de ingreso en prisión a los hosteleros que emiten el futbol sin pagar a La Liga
El pleno de la sala de lo penal estudia este martes el recurso de la Fiscalía que sostiene que los dueños de establecimientos que ofrecen el fútbol con decodificadores piratas cometen un delito contra la propiedad intelectual penado con hasta cuatro años de cárcel
Madrid
El caso que tienen los magistrados de la sala de lo Penal en la mesa es el de un empresario de Valencia con tres establecimientos que ponía el fútbol, tal y como acreditaron inspectores de La Liga que fue quien denunció los hechos. El juzgado de Valencia descartó el delito contra la propiedad intelectual, penado con hasta cuatro años de prisión, y lo dejó en un delito contra el mercado y los consumidores penado con hasta dos años de reclusión e impuso una pena de dos meses de multa. La sentencia, que reconocía que había numerosas resoluciones contradictorias e imploraba al Tribunal Supremo a fijar doctrina, dijo que las retransmisiones futbolísticas no entraban dentro de las "obras o prestaciones literarias, artísticas o científicas" que protege la propiedad intelectual.
Sin embargo, el fiscal sostiene en su escrito ante el alto tribunal todo lo contrario. Dice Fidel Cadena que la retransmisión de un partido de fútbol comprende "elementos complementarios". la emisión de partidos anteriores de los equipos, los tiros de cámara y los planos "que se extienden a los deportistas y al público exteriorizando sus sensaciones" o entrevistas. Todos ellos elementos que "bien pueden llevar a considerar tal producto como una elaboración artística".
Decenas de inspectores de La Liga recorrieron establecimientos hosteleros para detectar si emitían el fútbol a través de decodificadores pirata y denunciaron ante la policía a 4.000. En 2019, los agentes pusieron en marcha una operación que incluyó el registro de más de 2.000 de esos locales y requisó 800 decodificadores, según desveló El País.
YouTube como lugar del crimen
El pleno de la sala de lo penal también estudia este martes si cabe o no en el código penal prohibir a un youtuber subir vídeos a esta red social. Es el caso de ReSet que subió un vídeo en el que daba a un sintecho en Barcelona una galleta con pasta de dientes que simulaba ser una galleta de oreo. El juzgado de Barcelona le condenó a 15 meses de prisión y le prohibió subir contenido a la red social por considerarlo el lugar del crimen. La Audiencia de Barcelona levantó esa segunda prohibición y el fiscal ha recurrido al Tribunal Supremo para que se pronuncie porque defiende la pena accesoria.
Pedro Jiménez
Redactor Jefe en la Cadena SER. Antes he pasado por los equipos de Hora 14, Radio Madrid, Fin de Semana,...