La UE desestima el recurso de 'Russia Today' contra la suspensión de sus emisiones tras la invasión en Ucrania
El Tribunal General de la UE considera que Rusia emplea sus medios para hacer propaganda y atenta contra la seguridad europea
Madrid
El Tribunal General de la Unión Europea ha desestimado este miércoles el recurso que la sección francesa de la televisión Russia Today (RT) había presentado después de que la UE prohibiera sus emisiones en todo el territorio comunitario en respuesta a la invasión rusa de Ucrania, por considerarlas propagandísticas.
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La suspensión de emisiones de medios proclives al Kremlin, adoptada por el Consejo de la UE, ha entrado en vigor el pasado 2 de marzo y afecta a las actividades de radiodifusión de Sputnik y Russia Today.
Contra la resolución del Tribunal General puede interponerse un recurso de casación ante el Tribunal de Justicia, instancia judicial superior de la UE, en el plazo de dos meses y diez días a partir de la notificación de dicha resolución. En respuesta a la agresión rusa contra Ucrania, el Consejo de la UE adoptó medidas restrictivas que prohíben las actividades de radiodifusión de ciertos medios proclives al Gobierno ruso, incluida RT France, dentro de o hacia la Unión Europea.
Rusia utiliza sus medios para hacer propaganda
El Consejo, que reúne a los Estados miembros, considera que Rusia utiliza esos medios como parte de su campaña de propaganda y desinformación para justificar y apoyar el ataque a Ucrania. RT France interpuso un recurso de anulación de los actos del Consejo ante el Tribunal General de la Unión Europea y alegó que la suspensión de emisiones vulneraba los derechos a la defensa, a la libertad de expresión e información y a realizar una actividad empresarial, así como el principio de no discriminación en función de la nacionalidad. También cuestionó la competencia del Consejo para adoptar la suspensión de las emisiones. Sin embargo, la Gran Cámara del Tribunal General ha rechazado todas las alegaciones de RT France.
Sobre la competencia del Consejo, la corte comunitaria ha señalado que este tiene una amplia libertad para definir el objeto de las medidas restrictivas y que no se le puede criticar por considerar que en respuesta a la guerra en Ucrania sea necesaria la prohibición temporal de varios medios financiados por el Estado ruso, sobre la base de que dichos medios apoyan la agresión militar.
Con respecto al derecho a la defensa de RT France, el tribunal ha dicho que las autoridades de la UE no estaban obligadas a escuchar al canal ruso antes de tomar la decisión de prohibir sus emisiones. En cuanto a la vulneración de la libertad de expresión e información, el tribunal afirmó que el Consejo puede limitar el derecho a la libertad de expresión de RT France, siempre que esas limitaciones satisfagan ciertas condiciones "que deben cumplirse para que esa libertad se restrinja de forma legítima". Según el tribunal, las condiciones en este caso se han cumplido.
Las restricciones pretenden proteger la seguridad de la UE
Dada la relevancia de los medios audiovisuales "en las sociedades modernas", la corte argumentó que un amplio apoyo mediático a la agresión militar contra Ucrania, brindado durante las transmisiones por televisión e Internet por un medio íntegramente financiado por el Estado ruso, "podría ser objeto de medidas restrictivas consistentes en prohibir la difusión de actividades de propaganda a favor de tal agresión". El tribunal ha añadido que las restricciones también pretenden proteger el orden público y seguridad de la Unión Europea y presionar a Rusia para poner fin a la guerra.
Y ha señalado que RT France no ha podido demostrar que ofreciera una información equilibrada sobre la guerra en Ucrania y opinó que limitar su libertad de expresión es un paso "proporcionado". Además, la suspensión de las emisiones del medio ruso no vulneran de manera desproporcionada su derecho a la actividad empresarial, puesto que la prohibición es "temporal y reversible".
Sobre la discriminación en función de la nacionalidad, declaró que RT France no ha podido identificar "cualquier otra categoría de personas que habrían sido tratadas de forma más favorable en una situación comparable a la suya". La de este miércoles es la primera resolución que dicta la Gran Cámara del Tribunal General en un procedimiento acelerado.