El Supremo falla que el Gobierno discriminó a un Mosso que no pudo jubilarse en las mismas condiciones que un Ertzaina
La sala de lo contencioso administrativo sostiene que se vulneraron los derechos fundamentales del recurrente que no pudo acogerse a la jubilación anticipada porque no estaba en vigor la ley que les equiparaba a los agentes de la policía vasca
Madrid
El Tribunal Supremo ha declarado la discriminación de un Mosso d ´Esquadra que no pudo acceder a la jubilación anticipada en las mismas condiciones que un agente de la Ertzaintza. La sentencia, de la que ha sido ponente el magistrado Pablo Lucas, sostiene que se han vulnerado los derechos fundamentales del recurrente. Tanto el Abogado del Estado como el Fiscal, reconocieron la discriminación, pero se opusieron al recurso del agente porque una reforma legal del año 2021 ya corrigió esta situación. Además, el Mosso solo estuvo seis meses en servicio hasta que la norma entró en vigor y pudo acogerse a la jubilación anticipada.
La sala reconoce la discriminación, pero rechaza la indemnización de 12.000 euros que reclamaba por daños morales. Dicen los magistrados que “el hecho de que el agente no pudiera usar seis meses antes esos coeficientes reductores que le permitían su edad y sus años de cotización, sobre los que no hay controversia, no significa que debamos reconocerle el derecho a la indemnización que pretende. Al reclamarla dice que es para compensarle los daños morales que ha sufrido, pero no los concreta en modo alguno ni nos explica de qué manera los traduce en la reclamación de 2.000€ por cada uno de los seis meses en cuestión”.
Pedro Jiménez
Redactor Jefe en la Cadena SER. Antes he pasado...