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El Gobierno aprueba los impuestos a la banca y las energéticas con el apoyo de sus socios parlamentarios y el voto en contra del PP

La ley será una medida temporal y también contempla un impuesto a las grandes fortunas: del 1,7% para los patrimonios de entre 3 y 5,3 millones de euros; del 2,1% para los patrimonios entre 5,3 y 10,6 millones, y del 3,5% para aquellos patrimonios superiores a 10,6 millones de euros

La Comisión de Asuntos Económicos del Congreso durante la votación de la proposición de Ley que regula los gravámenes temporales a la banca, las energéticas y las grandes fortunas / Daniel Gonzalez (EFE)

Madrid

La comisión de Asuntos Económicos del Congreso ha aprobado este jueves la ley que regula los impuestos temporales a la banca y las energéticas con quejas de la oposición y algunos socios del Gobierno por las prisas en la tramitación, y por la incorporación como enmienda del impuesto a las grandes fortunas.

El Gobierno vetó en un principio la mayoría de las enmiendas presentadas, salvo las de PSOE y Unidas Podemos, pero decidió después retirar su disconformidad en aras de una negociación que ha permitido pactar cambios como la exclusión de los ingresos por actividades reguladas del gravamen a las energéticas o el traspaso de la gestión de estos impuestos a las haciendas forales.

Tras su visto bueno en la Comisión con 21 votos a favor y 16 en contra, la normativa queda ahora pendiente de su aprobación en el Pleno de la Cámara Baja, prevista para el jueves de la próxima semana.

Durante el debate, PP, Vox y Cs han criticado el veto inicial a las enmiendas de la oposición y la introducción de una nueva obligación tributaria para las fortunas de más de 3 millones de euros, porque ya no se puede enmendar y porque interfiere en la autonomía financiera de las comunidades autónomas que tiene transferido el impuesto sobre el patrimonio.

Se han unido a las quejas por la premura en la tramitación PDeCAT y PNV, aunque también han agradecido que el Gobierno se haya avenido a pactar con ellos algunos de los cambios introducidos. Entre los cambios pactados con PNV y PDeCAT, la enmienda para excluir del pago del gravamen energético -que asciende al 1,2% de la facturación- la parte de los ingresos correspondiente a actividades reguladas, tanto las tarifas reguladas de luz, gas y butano como los obtenidos de redes de transporte y distribución de electricidad y gas.

Entre las novedades introducidas en el dictamen, está que el impuesto a la banca va a alcanzar también a las sucursales que tienen en España los bancos extranjeros y no solo sobre las entidades de crédito y establecimientos financieros con ingresos por intereses y comisiones superiores a 800 millones de euros.

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Asimismo, se han excluido todos los ingresos obtenidos por instalaciones de generación con retribución regulada y retribución adicional en territorios no peninsulares, incluidos los del mercado, así como toda la facturación obtenida fuera de España. Otra de las enmiendas recoge, tal y como había anunciado el Gobierno, limitar la compensación de las pérdidas de filiales de los grupos empresariales en el impuesto de sociedades al 50% en el ejercicio 2023, así como revisar las deducciones fiscales a las producciones cinematográficas.

Así, el impuesto a las compañías energéticas gravará su cifra de negocios anual con un tipo del 1,2%, mientras que el nuevo tributo a aplicar a las entidades financieras gravará con un 4,8% sus ingresos anuales en intereses y comisiones.

Respecto a este gravamen, para compañías que facturen más de 1.000 millones en España, se añade que recaerá sobre los "operadores principales", así como sobre "las personas o entidades que desarrollen en España actividades de producción de crudo de petróleo o gas natural, minería de carbón o refino de petróleo y que generen, en el año anterior al del nacimiento de la obligación de pago de la prestación, al menos el 75 por ciento de su volumen de negocios a partir de actividades económicas en el ámbito de la extracción, la minería, el refinado de petróleo o la fabricación de productos de coquería".

En cuanto al impuesto a las grandes fortunas, será del 1,7% para los patrimonios de entre 3 y 5,3 millones de euros; del 2,1% para los patrimonios entre 5,3 y 10,6 millones, y del 3,5% para aquellos patrimonios superiores a 10,6 millones de euros. Además, para la determinación de la base imponible de este impuesto, resultarán aplicables las reglas contenidas en la Ley del Impuesto del Patrimonio, de manera que se incluye una reducción en concepto de mínimo exento de 700.000 euros.

Serán gestionados desde las agencias forales en Euskadi y Navarra

Asimismo, PSOE, Unidas Podemos y EH Bildu han registrado enmiendas transaccionales para que las haciendas forales de País Vasco y Navarra gestionen los nuevos gravámenes a la banca y las energéticas.

Para ello, se fija en el texto que se da un plazo de tres meses para que la comisión mixta del concierto económico y la comisión coordinadora del convenio económico establezcan la participación del País Vasco y Navarra en los gravámenes.

También se especifica que el Gobierno realizará, en el cuarto trimestre de 2024, un estudio sobre los resultados de ambos tributos, con el objetivo de evaluar la posibilidad de darles carácter permanente.

 
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