Tribunales

La revisión de las penas por la ley del 'solo sí es sí' no encuentra consenso en la comunidad jurídica

El Supremo se tiene que pronunciar sobre las rebajas de condena el próximo 29 de noviembre

Concentración contra las violencias machistas. / EUROPA PRESS.

Madrid

El alcance de la disposición transitoria quinta del código penal, frente al principio básico del derecho penal que establece que la ley penal más favorable se aplica de forma retroactiva no encuentra consenso entre la comunidad jurídica. Ese es el debate que está sobre la mesa del Tribunal Supremo, según les venimos contando en la Cadena SER. Un sector de la sala de lo penal se inclina por aprovechar los primeros casos de revisiones de condenas a violadores por la entrada en vigor de la ley del solo sí es sí para establecer un criterio general que frene las resoluciones contradictorias que han dictado los tribunales inferiores. Otro sector, sin embargo, se resiste a hablar de unificación de doctrina, como pide el Gobierno, porque, sostiene, la imposición de las penas es un proceso individualizado que exige ir caso a caso.

El abogado penalista y doctor en derecho procesal, Jaime Campaner, y el catedrático de derecho penal, Juan Antonio Lascuráin coinciden en las críticas a la ley de Irene Montero porque "no era necesaria y se aprueba a golpe de telediario por el caso de La Manada, que se saldó con penas muy altas, de homicidio", señala Campaner. Lascuráin, por su parte, considera "desacertada" la fusión de los delitos de abusos y de violación porque pone a disposición del juez "una horquilla muy amplia que le otorga un amplio poder discrecional para acordar la pena".

¿Cuánto sabemos de la llamada ley de 'solo sí es sí'?

¿Cuánto sabemos de la llamada ley de 'solo sí es sí'?

03:13

Compartir

El código iframe se ha copiado en el portapapeles

<iframe src="https://cadenaser.com/embed/audio/460/1665146811_574_cut/" width="100%" height="360" frameborder="0" allowfullscreen></iframe>

Campaner apuesta por pocos cambios en el proceso de revisión de sentencias, atendiendo a la jurisprudencia del Tribunal Supremo, siempre que la pena esté contemplada en la nueva ley del solo sí es sí, mientras que Lascuráin apunta lo contrario y califica de "tosco" el argumento de negar la revisión de las condenas porque entre dentro de la nueva norma.

Los jueces Natalia Velilla y Miguel Pasquau subrayan el principio de que la ley penal mas favorable tiene que aplicarse y que, en palabras de Velilla, la revisión es "inapelable" y "obligada". Velilla ve defectos y virtudes en la nueva ley porque, aunque rebaja algunas penas, también recoge supuestos que antes no estaban contemplados. El legislador está poniendo en marcha su política legislativa y ahora son los jueces los que tienen que aplicar la nueva ley, concluye. Y ese proceso en el que está inmerso el Supremo es muy relevante, según el juez Pasquau porque se trata de un "problema nuevo al que nunca se ha enfrentado el Tribunal Supremo, ya que todas las reformas hasta la fecha llevaban una disposición transitoria similar a la del código penal de 1995, excepto esta, con que lo que diga el Tribunal Supremo se convertirá en doctrina".

Otras reformas código penal

Los juristas consultados recuerdan que no es la primera vez que se reforma el código penal y que la Justicia está preparada para la revisión de los casos como ya ha ocurrido otras veces. Desde la gran reforma del código penal de 1995 se han sucedido decenas de ellas. El nuevo código penal de 1995 supuso la creación de comisiones de trabajo de jueces como ocurrió en Plaza de Castilla para revisar las condenas de los afectados, cuando procediera, por los delitos que se veían modificados.

En el año 2010, entró en vigor la reforma del delito de tráfico de drogas que incluyó penas más bajas en el código penal que antes tenía una "tarifa plana", como la llamaban los condenados, de 6 a 9 años. Se amplió la horquilla por debajo para distinguir el menudeo del narco. Penas de 3 a 6 años e incluso por debajo en función de la cantidad decomisada. Esta era una reivindicación del Supremo que consideraba injusta la pena en muchos casos y que cuando entró en vigor favoreció a muchos condenados. Los tribunales lo hicieron igual que en el caso anterior: revisaron caso a caso y ponderaron la ley penal más favorable al reo frente a la cláusula que permite mantener la condena siempre que la pena esté dentro de la horquilla de la nueva ley.

Entrevista a la ministra de Igualdad, Irene Montero, en &#039;Hora 25&#039;
Pedro Jiménez

Pedro Jiménez

Redactor Jefe en la Cadena SER. Antes he pasado por los equipos de Hora 14, Radio Madrid, Fin de Semana,...

 
  • Cadena SER

  •  
Programación
Cadena SER

Hoy por Hoy

Àngels Barceló

Comparte

Compartir desde el minuto: 00:00