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¿Puede paralizarse la votación de la reforma del Gobierno sobre el CGPJ? Las claves de la convocatoria urgente del pleno del Constitucional

El presidente del TC ha convocado un pleno extraordinario y urgente para valorar si paraliza la reforma del Gobierno para renovar el CGPJ

Foto de archivo del edificio del Tribunal Constitucional. / Pepe Franco

Foto de archivo del edificio del Tribunal Constitucional.

Madrid

El presidente del alto tribunal ha convocado a los miembros del pleno a una reunión urgente para estudiar si frenan el desbloqueo del propio tribunal a través de la reforma que pretende el Gobierno. El Constitucional responde así a un recurso de amparo presentado por el PP en el que se piden medidas cautelarísimas y que pasan por suspender los acuerdos en los órganos del Congreso que han permitido tramitar los cambios en el Código Penal. El pleno se reúne mañana a las diez, mientras que el Congreso se reúne en pleno a las nueve para votar las reformas del CP.

En Hora 25 hemos hablado con Eva Saenz, profesora de Derecho Constitucional de la Universidad de Zaragoza. "Uno de los precedentes que se me ocurren es la declaración de independencia en el Parlamento de Cataluña. Ahí se presentó un recurso de amparo, el TC se reunió y suspendió la convocatoria de un pleno", explica la profesora. Ese pleno se suspendió a través de un recurso de amparo por "vulneración de los derechos de participación política de los diputados" y a través de la admisión a trámite se suspendió el pleno a través de una cautelarísima.

"Es procesalmente posible, aunque se da en circunstancias muy extraordinarias. Es raro que se produzca. Procesalmente es posible que se paralice la votación. La reforma que se plantea de la ley orgánica del Poder Judicial y del TC tiene dudas de forma, de procedimiento. Me parece que tienen fundamento por la jurisprudencia del propio TC. El TC dice que una enmienda que se presenta a una proposición de ley no puede ser una enmienda que no tenga nada que ver con la proposición. En este caso hay una proposición que se ha planteado sobre la reforma del delito de sedición, la reforma del Código Penal. Sin embargo, la reforma de la ley orgánica del TC y Poder Judicial se han planteado como enmiendas a esa proposición de ley y materialmente no tienen nada que ver. Según la jurisprudencia del TC no vale todo y podría haber un defecto de forma que vulnera los derechos de participación política. Desde el punto de vista del recurso de amparo del PP y la jurisprudencia del TC se estaría hurtando la deliberación parlamentaria que es lo habitual en un procedimiento parlamentario. Por eso creo muy posible que el recurso de amparo fructifique", dice Saenz.

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