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El Congreso aprueba la nueva ley del deporte

Un año y cinco días después de su aprobación por el Consejo de Ministros, la ley recibe la aprobación del Pleno del Congreso

José Manuel Franco, durante un acto del CSD (Photo by Oscar J. Barroso / AFP7 / Getty Images). / Oscar J. Barroso

Madrid

Un año y cinco días después de su aprobación por el Consejo de Ministros, la nueva Ley del Deporte ha acabado este jueves su tramitación parlamentaria al recibir el respaldo del Pleno del Congreso, que aceptó todas las enmiendas procedentes del Senado. La aprobación y próxima publicación del texto en el BOE renovará la normativa que rige desde octubre de 1990 y cumplirá el compromiso del Gobierno con la Comisión Europea para percibir los fondos europeos del Plan de Recuperación, destinados a la modernización del modelo español.

En esta última Sesión del año, los diputados fijaron la postura definitiva de sus grupos ante la Ley, que es la tercera del periodo democrático. Mientras que Antón Cacho, del Grupo Socialista, defendió que la Ley "es un avance significativo en los derechos de los deportistas, en la igualdad y en la inclusión" y que "actualiza el sistema deportivo e introduce nuevos estándares de transparencia y gobernanza", los grupos de la oposición se debatieron entre la oposición frontal, como el PP, por considerar que es "papel mojado", y VOX, que la definió como "la peor ley de la democracia", y la admisión de un texto "de mínimos" (Grupo Vasco), "mejorable" (Plural) y que les deja "parcialmente contentos" (Republicano).

Medidas a favor de la igualdad

La nueva ley reconoce el derecho a la actividad física y el deporte y entre sus novedades introduce medidas a favor de la igualdad y contra cualquier tipo de discriminación en el deporte por razón de género, orientación sexual, raza o discapacidad. Define los derechos y deberes de los deportistas y diferencia estos entre profesionales, no profesionales, de alto nivel (los califica el Consejo Superior de Deportes), alto rendimiento (los califican las comunidades autónomas) y ocasionales (que obtienen una licencia para una actividad concreta). Entre los derechos de los profesionales se incluye la conciliación con su vida familiar, académica y profesional; medidas de especial protección en su derecho a la maternidad y paternidad y de protección que permitan su reincorporación laboral al finalizar sus carreras.

También incluye capítulos sobre voluntariado, deporte universitario y en edad escolar; reconoce la Conferencia Sectorial del deporte como órgano de interlocución entre todas las administraciones y elemento de cohesión territorial, elimina la obligación de ser sociedad anónima deportiva para participar en competiciones profesionales y modifica las competencias del Tribunal Administrativo del Deporte (TAD), que dejará de resolver sobre infracciones de las reglas del juego.

Desde su aprobación por el Ejecutivo como proyecto de Ley el 17 de diciembre de 2021 hasta hoy, la ley pasó sus primeros once meses de vida en el Congreso, hasta que fue aprobada por el Pleno, al que tuvo que regresar este jueves por la incorporación posterior de más de veinte enmiendas en el Senado. El primer momento clave de su larga tramitación parlamentaria fue el 17 de marzo, cuando el pleno del Congreso rechazó una enmienda a la totalidad del grupo Republicano (304 votos en contra, 33 a favor y 5 abstenciones), por entender que presentaba invasiones competenciales.

El segundo fue el 25 de octubre, en un duro debate en la Comisión de Cultura y Deporte, donde perdió apoyos como los de los grupos Popular y Ciudadanos por la incorporación de una enmienda pactada entres socialistas y PNV, que abre la puerta a la participación internacional de selecciones autonómicas. Esta opción, si la federación internacional correspondiente lo contempla, se prevé para modalidades o especialidades deportivas con arraigo histórico y social en su respectiva comunidad y también se refiere al caso de que la federación autonómica hubiera formado parte de una federación internacional antes de la constitución de la federación española y afectaría a la pelota vasca y el surf.

De nuevo con mucho debate por esta novedad, el pleno de la cámara Baja la aprobó el 3 de noviembre sin el consenso pretendido por el Gobierno, con 166 votos a favor, 157 en contra y 18 abstenciones. En su paso por el Congreso la ley incorporó al texto inicial algunas reivindicaciones de LaLiga de fútbol, que dejó entrever una posible huelga si no eran atendidas a través de enmiendas. No lo fueron todas, pero sí parte, como la que mantiene el marco competencial vigente a todos los efectos comerciales -derechos audiovisuales- y la que exige un informe vinculante de las ligas profesionales ante los cambios normativos de las federaciones que las afecten.

También, en referencia a las federaciones y la organización de competiciones de ámbito estatal, la ley impide que se establezca relación comercial con un deportista que pueda participar en las mismas, en una modificación aprobada tras conocerse los acuerdos entre la Federación Española de Fútbol y la empresa del jugador del Barcelona Gerard Piqué, para que la Supercopa de España se juegue en Arabia Saudí.

A principios de diciembre el pleno del Senado aprobó el texto con la incorporación de más de una veintena de enmiendas, tras desestimar una propuesta de veto de Vox. Entre las enmiendas aprobadas entonces y ratificadas hoy en el Congreso se incluyeron cinco del Grupo Socialista, una que implica crear el programa "Reto de" beneficios fiscales, que ayudará a que entidades deportivas de cualquier tipo puedan obtener financiación privada para desarrollar eventos y acciones.

La creación de esta fórmula tiene por objetivo que grandes compañías materialicen su compromiso con el territorio en el que desarrollan su actividad, mediante aportaciones económicas importantes para la celebración de eventos deportivos, que a su vez contribuirán al desarrollo de zonas rurales y a la fijación de población. También otras que incluyen la obligación para las federaciones y las ligas profesionales de elaborar un plan específico de conciliación y corresponsabilidad con medidas de protección concretas en los supuestos de maternidad y lactancia.

 
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