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El Supremo concede la orden de protección a una familia ucraniana y anula su deportación

El alto tribunal subraya que las medidas de protección temporales europeas y nacionales para ciudadanos ucranianos operan de forma automática

El Tribunal Supremo subraya que las medidas de protección temporales europeas y nacionales para ciudadanos ucranianos operan de forma automática / EUROPA PRESS

Madrid

El Tribunal Supremo ha concedido la orden de protección a un matrimonio y a sus dos hijos sobre los que pesaba una orden de expulsión avalada por la Audiencia Nacional, previa al estallido de la guerra en Ucrania. La sentencia de instancia consideró que la solicitud no reunía los requisitos necesarios para obtener asilo en España y el alto tribunal reconoce este extremo, pero recuerda que desde que Rusia invadió Ucrania existen escalones intermedios de protección temporal, tanto europeos como españoles, que son de aplicación automática.

Dice la sala que "los ucranianos que residan en España puedan acogerse de forma inmediata y sin necesidad de previa presentación de solicitud al principio de no devolución, que debe operar con automatismo, bastando con la acreditación de la nacionalidad y la expresión de la voluntad de acogerse a la protección internacional para no ser expulsado, siendo carga de la Administración demostrar, en su caso, que el interesado está incurso en alguno de los supuestos de exclusión". La sentencia recuerda que "la Unión Europea ha acordado facilitar la acogida indiscriminada de los refugiados procedentes de Ucrania y que esta decisión "es un efecto inmediato, que opera con automatismo, sin necesidad de justificar un riesgo real de sufrir daños en su país de origen en el caso de ser devuelto".

Pedro Jiménez

Pedro Jiménez

Redactor Jefe en la Cadena SER. Antes he pasado por los equipos de Hora 14, Radio Madrid, Fin de Semana,...

 
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