El Supremo rebaja de 8 a 6 años la condena a un hombre que abusó de un menor en aplicación de la ley del 'solo sí es sí'
El alto tribunal ha revisado ya quince casos tras la entrada en vigor de la reforma de Irene Montero y ha rebajado las penas en siete de ellos
Madrid
El Tribunal Supremo ha rebajado de 8 a 6 años de prisión la condena por abusos a un hombre que mantuvo relaciones sexuales con un menor que accedió a tenerlas, después de haberse intercambiado mensajes en una red social. La Audiencia de Madrid le condenó a la pena mínima, de acuerdo al código penal anterior, teniendo en cuenta la "madurez" del menor y que prestó su consentimiento para realizar los actos de naturaleza sexual. Esa pena mínima de 8 años, ahora se rebaja a 6 y por lo tanto, dice la sala de lo penal, de acuerdo con los argumentos de la sentencia revisada, procede rebajar la pena impuesta.
El alto tribunal destaca que estamos ante un recurso durante cuya tramitación ha operado el cambio legal y no ante un revisión de sentencia firme, donde la comparación entre legislaciones se efectúa teniendo en cuenta las penas concretas que se imponen o impondrían, ponderando las potencialidades del arbitrio judicial.
Con esta son ya 15 las revisiones del Tribunal Supremo en aplicación de la ley del solo sí es sí. En ocho de ellas se ha mantenido la condena anterior. Desde la entrada en vigor de la norma se han producido más de 400 rebajas de condena a agresores sexuales.
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Pedro Jiménez
Redactor Jefe en la Cadena SER. Antes he pasado...