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Balaguer (Tribunal Constitucional): "La segregación educativa por sexos es contraria a la Constitución"

La magistrada del Tribunal Constitucional, María Luisa Balaguer, defiende que el pleno se quedó corto la semana pasada al limitarse a rechazar las subvenciones a los colegios que separen por sexos. Sostiene que ese modelo quiebra derechos constitucionales, discrimina a la mujer y ahonda en la desigualdad

Imagen de archivo de la sede del Tribunal Constitucional / Europa Press News

Madrid

La magistrada María Luisa Balaguer ha emitido un voto particular concurrente mediante el que se muestra de acuerdo con la decisión de la mayoría del plenario, que la semana pasada rechazó íntegramente el recurso de Vox contra la ley de educación del Gobierno, pero va un paso más allá en lo concerniente a la segregación por sexos en los colegios.

Sostiene Balaguer que sus compañeros de plenario no solo debieron validar la retirada de subvenciones a los centros educativos que separen por género, sino aprovechar la ocasión y plantear la inconstitucionalidad de esta segregación.

Porque a su juicio, la separación por sexos “no es aceptable” dentro de un sistema educativo pluralista que busca “la igualdad real y efectiva”. Sostiene que conculca el principio de igualdad consagrado en la Constitución, así como la cláusula antidiscriminatoria. En cambio, el tribunal dio por hecho que la educación diferenciada es un modelo educativo “tan válido como cualquier” otro dentro de un Estado social y democrático de derecho como el que reconoce la Constitución española.

La magistrada Balaguer sostiene que la educación diferenciada por sexo se “asocia con un planteamiento religioso y moral” en el que la mujer ocupa una posición que “no es neutral”, y consolida “estereotipos” que establecen roles diferenciados para hombres y mujeres que ahondan en la desigualdad”.

Balaguer defiende que la segregación por sexos no debería tener cabida en una Constitución que “asumiéndose plural”, también “debería comprenderse como laica, social e igualitaria”.

La magistrada concluye su voto afirmando que la educación diferenciada por sexo “es contraria” a la Constitución por “desatender abiertamente” el mandato de promoción de la igualdad material de las personas, en particular de las mujeres.

 
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