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Las claves de la decisión del Tribunal Supremo sobre la ley del 'solo sí es sí'

La sala de lo penal se ha reunido este miércoles para abordar esta ley y, entre otros aspectos, ha avalado la rebaja de penas tras la entrada en vigor de la polémica norma

Tribunal Supremo. Archivo.

Madrid

La sala de lo penal del Tribunal Supremo reunida este miércoles en pleno ha rechazado la treintena de recursos interpuestos por el fiscal y las defensas de agresores sexuales tras la entrada en vigor de la ley del sólo sí es sí y ha confirmado las sentencias de las Audiencias Provinciales. Dos de cada tres casos analizados habían mantenido la pena al agresor, a pesar de la entrada en vigor de la ley. La sala añade que no cabe "un derecho penal a la carta" y que en el caso de que los tribunales opten por rebajar las penas de prisión conforme a la reforma de Irene Montero también deben aplicar las penas accesorias. Estas son las claves de esta decisión.

El alto tribunal confirma la 'chapuza' legislativa

La primera consecuencia de la decisión del pleno de la sala de lo penal que ha estudiado la reforma del Ministerio de Igualdad es la confirmación de que se ha abierto la puerta a la revisión de todas las sentencias. Esto se debe a que no ha incluido la cláusula de salvaguarda que contiene la disposición transitoria del código penal y que establece que cuando la pena impuesta sea posible con arreglo a la nueva ley, esta se mantendrá. El artículo 2.2 del código penal prevalece porque tiene base constitucional y, por lo tanto, se aplicará la ley del sólo sí es sí cuando sea más beneficiosa para el reo.

No cabe un 'derecho penal a la carta'

Los 14 magistrados de la sala de lo penal más su presidente, Manuel Marchena, corrigen a los tribunales inferiores que han rebajado las condenas a violadores en aplicación del principio de la ley penal más favorable, pero que se han olvidado de imponer las penas accesorias que contempla la ley. La sala recuerda que la pena de prisión incluye la pena privativa de libertad junto a las penas accesorias. Entre otras penas accesorias, la ley del sólo sí es sí recoge la retirada de la patria potestad, la prohibición de trabajar con menores, cierre de establecimientos o negocios cuando las víctimas sean menores. Además se endurecen los requisitos para pasar de grado penitenciario. En más de la mitad de los 29 recursos analizados por el Tribunal Supremo, la víctima era menor.

Solo 1/3 de las condenas se rebajan

La mayor parte de los recursos que ha estudiado el pleno de la sala de lo penal eran contra decisiones de tribunales inferiores que habían mantenido la pena al violador, a pesar de la entrada en vigor de la ley del sólo sí es sí. En dos de cada tres casos se mantenía la pena, según fuentes del alto tribunal. Este dato refrenda los datos que ofrece regularmente el Consejo General del Poder Judicial. El último oficial es el de que tras la entrada en vigor de la ley del sólo sí es sí se han rebajado más de un millar de condenas. En 108 de los casos se ha producido la excarcelación del agresor. Se rebajan uno de cada tres casos analizados.

El Supremo avala la rebaja de penas tras la entrada en vigor de la ley del 'solo sí es sí'

Pedro Jiménez

Redactor Jefe en la Cadena SER. Antes he pasado...