"Tocar el culo a una persona es un atentando contra la libertad sexual": Italia, indignada por no considerar delito sexual a un tocamiento que duró 10 segundos
Lara Esteve, la magistrada y doctora en derecho penal, ha visitado 'La Ventana' para ofrecer un punto de vista vinculado a la justicia

"Tocar el culo a una persona es un atentando contra la libertad sexual": Italia, indignada por no considerar delito sexual a un tocamiento que duró 10 segundos
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La vida podría cambiar tan rápido como diez segundos. Italia se ha unido llevando a cabo un movimiento en las redes sociales para denunciar un caso en el que la Justicia italiana ha absuelto a un conserje que metió la mano por dentro del pantalón de una menor. Un caso que fue denunciando el 12 de abril del año pasado por una alumna de 17 años. Debido al resultado del caso, las redes sociales se inundan de videos de personas tocándose durante 10 segundos. Los jueces decidieron que al durar solo 10 segundos, no lo consideraron como un delito sexual.
Lara Esteve, magistrada y doctora en derecho penal, ha visitado 'La Ventana' para ofrecer un punto de vista vinculado a la justicia.
En España, a diferencia de Italia, este acto se considera un delito sexual. "Incluso antes de la reforma de la Ley contra la libertad sexual, la Ley del solo sí es sí, el tribunal supremo dejó claro que tocar el culo a una persona es una atentando contra la libertad sexual. Se pone el foco en la falta de consentimiento de la víctima. Esto lo ha establecido el tribunal supremo y audiencias provinciales, incluso por una palmada en el trasero está castigado con pena de prisión", ha explicado la magistrada.
"No es necesario que el tocamiento se lleve a cabo por debajo de la ropa"
A la hora de tipificar un delito, el tiempo no es un concepto jurídico al que se le dé peso. "Lo que se tiene en cuenta es el acto que se ha realizado, tocamiento o contacto corporal, el lugar donde se ha realizado, si han sido en las partes íntimas y la falta de consentimiento. No es necesario que el tocamiento se lleve a cabo por debajo de la ropa, puede ser por fuera", ha indicado la experta en derecho penal.
Se trata de un caso con agravante debido a que la denunciante era menos. "En España es complicado que pase. Por supuesto, aquí se tendría en cuenta a la hora de tipificar el delito y las consecuencias penales que tiene", ha comentado Esteve.
"Hay oficinas de atención a la víctima y centros a los que puedes ir y contar lo que te ha pasado"
La magistrada ha destacado que, aunque el agresor haya declarado que el acto lo llevó a cabo como broma, en España es indiferente. "Lo que tiene que ver es el atentado contra la libertad sexual de la víctima". Ha añadido que la víctima de delito sexual debe hacer frente a un proceso muy largo “que consta de hacer una denuncia, pasar por un juicio, acabar recurrir y tener que enfrentarse al agresor. El periplo judicial a veces es tan complejo que acaba re-victimizando a la víctima. Si no hay denuncia no continua el proceso, necesitamos que se denuncie".
Un delito que no solo se puede denunciar en un cuartel o en una comisaría. "Hay oficinas de atención a la víctima y centros a los que puedes ir y contar lo que te ha pasado. Si eres joven y no sabes cómo gestionar la situación en estos espacios, se explica el procedimiento para realizar la denuncia", ha indicado la magistrada.




