La Sala de Vacaciones del Constitucional aprovecha su mayoría conservadora para tumbar el recurso de amparo de Puigdemont y Comín
El auto cuenta con un voto particular de la magistrada progresista, Laura Díaz Bueso que cuestiona duramente que no se haya esperado a que lo resolviese el pleno del Constitucional, "como se viene haciendo en todo el proceso. No existe urgencia, es una decisión precipitada"
El Tribunal Constitucional no cierra por vacaciones. Al menos, no del todo. Con menos ritmo del habitual – el pleno no está operativo-, el Constitucional mantiene una pequeña actividad latente a través de la ‘Sección de Vacaciones’. En esta semana de agosto, el primer turno de ese pequeño grupo de magistrados está presidido por la magistrada Concepción Espejel Jorquera – que fue propuesta como vocal del CGPJ a propuesta del PP-, por el magistrado conservador, César Tolosa y por la magistrada progresista, Laura Díez Bueso - que fue alto cargo en Moncloa hasta dar el salto al tribunal de garantías-.
Esa mayoría conservadora es la que, tras una deliberación de solo nueve días, ha decidido inadmitir el recurso de amparo presentado el pasado 31 de julio por el expresident de Cataluña, Carles Puigdemont y por el exconsejero de la Generalitat, Antoni Comín. Los dos independentistas habían pedido amparo ante el Tribunal Constitucional para impugnar los autos del Supremo – fechado en enero y marzo de 2023- que ratificaron la rebeldía del líder independentista y que acordaron su busca y captura e ingreso en prisión, como presuntos autores de sendos delitos de desobediencia y malversación pública.
Tanto Puigdemont, como Comín, argumentaron que esa decisión “menoscaba la garantía de inmunidad que tienen reconocida como miembros del Parlamento Europeo”. También invocaron “la vulneración del derecho a un juez independiente e imparcial”. Sin embargo, el Constitucional entierra esa vía al inadmitir sus recursos.
En su resolución judicial fechada este 9 de agosto, la sección de Vacaciones del Constitucional, con mayoría conservadora, rechaza ese recurso porque la supuesta vulneración de la inmunidad parlamentaria a la que hacen referencia los recurrentes “carece de sustento constitucional”, según el escrito del TC, porque omiten la sentencia del pasado 5 de julio dictada por el Tribunal General de la Unión Europea que confirmó la suspensión de su inmunidad.
Los dos magistrados conservadores – hay un voto particular que se detalla más abajo- asumen que Carles Puigdemont aún tiene vivo su recurso contra esa sentencia ante el Tribunal de Justicia de la UE, pero argumentan que “sostener la vulneración del derecho fundamental [de la inmunidad parlamentaria] en una futura e hipotética decisión del Tribunal de Justicia de la Unión Europea no resulta admisible” no solo “por el carácter no suspensivo del eventual recurso interpuesto, sino también atendido el carácter esencialmente reformable de las decisiones que afectan a la libertad personal y en el que los recurrentes podrían sustentar una eventual pretensión revisora de su situación personal”.
En cuanto a la recusación contra el magistrado instructor del Supremo por su falta de idoneidad para dictar las resoluciones impugnadas, el TC lo rebate: “Estas quejas no son sino reiteración de otras invocadas en anteriores recursos de amparo interpuestos por los mismos recurrentes […] Son análogas a las invocadas en su día frente a la decisión del Tribunal Supremo de solicitar el suplicatorio acordada por el magistrado instructor de la citada causa especial y confirmado por la Sala del Tribunal Supremo y que ya fueron desestimadas por el Pleno de este tribunal en la STC 149/2022, de 29 de noviembre”. Además, los dos magistrados conservadores argumentan que los recurrentes no han agotado la vía judicial.
La inadmisión de este recurso no ha llegado al pleno del Tribunal Constitucional, como suele ser habitual, un matiz que también se recoge en el escrito. En su auto los magistrados justifican que haya sido la sección de Vacaciones la que haya estudiado y resuelto este recurso “por la necesidad de resolver una medida cautelarísima que afecta a una resolución judicial que acuerda la privación de libertad”.
Voto particular: "Una decisión precipitada"
El auto recoge un voto particular de la magistrada progresista, Laura Díez Bueso, en el que cuestiona duramente la decisión de sus dos colegas. “En primer lugar, considero que se ha precipitado innecesariamente una decisión que no debió adoptarse en la Sala de Vacaciones, sino que el asunto debió haberse tramitado tras el periodo estival siguiendo el sistema ordinario de reparto y resolución de los asuntos en el Tribunal Constitucional” porque no se dan las “circunstancias de urgencia” necesarias para un tema así se decida en pleno mes de agosto, entre otras cosas “porque los recurrentes no se encuentran en el territorio afectado por las órdenes de busca y captura”.
Además, la magistrada recuerda que es “la primera vez que el Constitucional inadmite un recurso [de este proceso] y se aparta de la práctica seguida por este Tribunal en relación con los amparos presentados, que han sido sistemáticamente admitidos y avocados a Pleno para su resolución”.
La magistrada Laura Díez avala la admisión a trámite “por estar todavía abierta la cuestión jurídica a nivel europeo y por su evidente transcendencia constitucional, dada la ausencia de doctrina de este Tribunal relativa a esta cuestión jurídica que, además, trasciende del caso concreto”. Además, defiende que en el supuesto de haberse admitido el recurso de amparo, “deberían haberse denegado las medidas cautelares solicitadas, toda vez que las mismas coinciden sustancialmente con el objeto del recurso y este Tribunal ha sostenido que, en estos casos, no procede la suspensión de las medidas cautelares privativas de libertad pues ello equivaldría a un otorgamiento anticipado del amparo”.
El Tribunal de Justicia de la Unión Europea aún debe pronunciarse sobre si admite a trámite el recurso de Puigdemont contra el Tribunal General de la Unión Europea y, lo que es más importante, si acepta la medida cautelar de mantener su inmunidad parlamentaria hasta que dicte sentencia.
"La derecha judicial tiene vida propia"
En el PSOE no han encajado bien este auto del TC, están molestos porque detrás de esta maniobra, ven, claramente, la mano de Génova 13. Fuentes socialistas de Ferraz lamentan que este auto "demuestra que la derecha judicial tiene vida propia y que actúa a las órdenes del PP".
Con su decisión, en pleno mes de agosto, según estas fuentes socialistas, solo se buscaba un objetivo: "Poner una mina para dinamitar las negociaciones con los independentistas". Aun así, son optimistas, confían en que las conversaciones sigan su curso y en poder llegar a un acuerdo, primero para tener mayoría en la mesa y luego para lograr la investidura de Pedro Sánchez como presidente del Gobierno.