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El Supremo rechaza indemnizar a Cabify con 237 millones al respaldar el decreto de Ábalos sobre los VTC

El Alto Tribunal niega que la normativa que transfirió las competencias de las licencias en las áreas urbanas a las Comunidades Autónomas provocase perjuicio económico alguno para los servicios de VTC

Una usuaria de Cabify / JUANLAFITA

Madrid

El Tribunal Supremo ha rechazado el recurso en el que una de las principales filiales de Cabify, Vector Ronda, reclamaba al Estado una indemnización de 237,5 millones de euros por los supuestos perjuicios que les ocasionó el conocido como 'decreto de Ábalos' de 2018 sobre los VTC.

El Alto Tribunal ha respaldado así esta normativa con la que el Ministerio de Transportes transfirió las competencias para regular las licencias en el área urbana a las comunidades autónomas y que en la práctica constituyó una limitación del número de las autorizaciones VTC en el ámbito interurbana, pero que también contemplaba un periodo transitorio de cuatro años para hacer totalmente efectiva la medida que finalizó el pasado año.

En el recurso en cuestión, Vector Ronda alegaba que este periodo en el que se fueron introduciendo progresivamente los cambios no compenso en ningún caso "todos los perjuicios", especialmente los económicos y de rentabilidad de negocio, que provocó el cambio en la legislación de transportes ya que, según denuncian, se verían obligados a cesar el servicio en la zona urbana de las ciudades si así lo aprobaban las Comunidades, una vez cumplidos los cuatro años de margen.

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Sin embargo, la mayoría de las regiones, como Madrid, han legislado a favor de garantizar la continuidad en las mismas condiciones de los VTC, tal y como recuerda la propia sentencia, con lo que la dimensión real del perjuicio defendido se vería claramente limitada.

Concretamente, el recurso estuvo dirigido a proteger las 2.192 licencias de VTC que poseen, estimando el perjuicio total en unos 237 millones de euros, a razón de 164.320 euros por cada licencia en Madrid, 74.678 euros por las de Cataluña y 34.810 euros por las autorizaciones de Andalucía, Valencia y Castilla-La Mancha.

Así, los magistrados han desestimado que el decreto impulsado durante la época del socialista José Luis Ábalos en la cartera de Transportes ejerza trato discriminatorio alguno con respecto a los taxis, entendido que solo se trata de una transposición de la autorización estatal a las competencias estatales en esta materia.

 
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