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El juez también investigará un posible delito de cohecho en el 'caso Negreira'

La Fiscalía mantiene que se trataría de un delito de corrupción deportiva

Fotografía de archivo de las oficinas del FC Barcelona. / NurPhoto

Barcelona

El juez que instruye el caso Negreira investigará un posible delito de cohecho que habrían cometido el exvicepresidente del Comité Técnico de Árbitros, Enríquez Negreira y su hijo y el resto de investigados en la causa (entre los que figuran Sandro Rosell, Josep Maria Bartomeu y el propio Barcelona como persona jurídica). Eso supondrá un cambio en la tesis principal de la instrucción, que hasta ahora había girado alrededor de la sospecha de otro posible delito: la corrupción deportiva, que es la acusación que han mantenido hasta ahora la Fiscalía.

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El cohecho, que es lo que coloquialmente conocemos como “soborno”, se habría cometido por los pagos del Barcelona a Negreira que el juez supone que, “por lógica”, se hicieron para obtener un trato favorable de los árbitros.

El instructor descarta la posibilidad de que el club culé pagara directamente por adulterar partidos pero insiste en que hay indicios para pensar que existió un sistema de corrupción sistémico mediante el cuál Negreira elegía a los árbitros que beneficiaban al Barça para dirigir partidos internacionales, lo que para ellos suponía una mayor retribución.

El juez reconoce que está siendo difícil encontrar indicios de que el Barça pidiera de forma expresa un trato de favor a Negreira, pero sostiene que basta la lógica para deducir que si el club culé pagó fue para obtener un beneficio en forma de decisiones beneficiosas por parte del colectivo arbitral.

Aunque para apreciar el delito de cohecho se requiere que el que reciba el soborno sea un funcionario o autoridad pública y a pesar de que el Comité Técnico de Árbitros es una entidad privada, el juez instructor considera que se dan los requisitos necesarios para considerar que, en este caso, la posición de Negreira es equiparable a la de un funcionario público.

Una de las derivadas más importantes de este giro es que si finalmente el Barça es procesado por el delito de cohecho, el eventual juicio que afrontaría el club y los Negreira se celebraría ante un jurado popular.

En todo caso, la Fiscalía discrepa del criterio del juez y sigue pensando que el delito que se cometió fue el de corrupción deportiva.

Entre ambos delitos existe una diferencia de penas: mientras la corrupción deportiva se castiga con una pena de entre 6 meses a 4 años de cárcel, el cohecho puede comportar entre 3 y 6 años de prisión (la sanción deportiva debería ponerla la propia Liga o la Federación).

Otra derivada que implica la aparición de un posible cohecho, es que si finalmente fuera este el delito que se imputara al Barça, los plazos de prescripción serían diferentes y la primera presidencia de Joan Laporta pasaría a estar bajo la lupa. Hasta ahora el presidente azulgrana no ha sido investigado porque el plazo de prescripción del delito de corrupción deportiva dejaba establecía que solo se podían juzgar los hechos a partir de la presidencia de Sandro Rosell.