El Supremo confirma la sanción a un policía en prácticas pillado en una fiesta durante la COVID-19
El alto tribunal confirma la pérdida de 15 puntos en el expediente que le impidió graduarse en la academia por identificarse durante la redada con el carnet de alumno de la Academia de Policía
Madrid
El policía en prácticas acudió en el puente de mayo de 2020 a un cumpleaños en Cádiz durante el Estado de Alarma junto a otras 17 personas. La policía también fue a la fiesta, donde identificó a los asistentes. El condenado sacó su carnet de alumno de la Escuela Nacional de Policía y se le abrió expediente por falta grave al "alegar la condición de funcionario en prácticas del citado Cuerpo en circunstancias que no lo precisaran". Se le impuso la sanción máxima de pérdida de 15 puntos en el proceso de calificación y terminó fuera de la carrera para convertirse en agente de policía.
La sala considera "indiferente" la inconstitucionalidad del Estado de Alarma y que la subdelegación del Gobierno terminara archivando el expediente abierto por la celebración de la fiesta. Dice la sentencia que la sanción se impuso porque el acusado exhibió un carnet cuando no debía hacerlo. Los magistrados reconocen que esta conducta, en el caso de alumno en prácticas, es una falta grave, mientras que para los agentes en activo en una falta leve, pero matiza que "partimos de una obviedad: no son equiparables las situaciones de quienes están sujetos al estatuto profesional de policía como funcionario de carrera, en la plenitud de sus derechos y deberes profesionales, con los que, por ser funcionarios en prácticas, quedan sujetos al régimen académico de policía alumno, distinto".
Pedro Jiménez
Redactor Jefe en la Cadena SER. Antes he pasado...