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Llama "inmadura y miserable" a su jefa, le despide y un juzgado lo tiene claro: improcedente

Dice el juzgado que el enfrentamiento debió ser fuerte, ya que la demandante estuvo de baja con náuseas y vómitos

Oficina de trabajo / Jose Luis Agudo Gonzalez

Murcia

Un juzgado de lo Social ha declarado improcedente el despido de la trabajadora de una Comunidad de Bienes (CB) que fue acordado tras llamar “miserable” e “inmadura” a su jefa en el transcurso de la discusión que mantuvieron ambas en enero de 2021.

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La sentencia, a la que ha tenido acceso EFE, señala que la empresa podrá optar entre su readmisión o el pago de indemnización, que se fija en 5.100 euros, junto con otros 337 por vacaciones no disfrutadas.

Dice el juzgado que el enfrentamiento debió ser fuerte, ya que producido el mismo la demandante estuvo veinte días de baja a consecuencia de la crisis de ansiedad que sufrió, junto con náuseas y vómitos.

Señala la sentencia que la empresa no ha demostrado la existencia de ninguna falta muy grave que pudiera justificar el despido, ya que los hechos no tienen entidad suficiente para ello.

Comenta que el significado de las palabras depende del contexto en el que se digan y la intención que tuvo el emisor al pronunciarlas, sin que en este caso considere acreditado que la trabajadora tuviera intención de ofender a su superiora, que era integrante de la CB.

Concluye la sentencia que “una misma palabra, acto o gesto puede revestir la máxima gravedad en una determinada situación y carecer objetivamente de ella en otras”.