Directo

ENTREVISTA RODRI Sigue en directo la entrevista en 'El Larguero' a Rodri, el ganador del Balón de Oro

Sociedad | Actualidad

El Gobierno equipara el cigarrillo electrónico al tabaco tradicional y prohíbe los aromatizantes

Esta normativa no afecta a los vapeadores, sí al tabaco calentado como la conocida marca Iqos

Persona fumando un cigarrillo electrónico(Getty Images)

Madrid

El Consejo de Ministros ha aprobado este martes el real decreto que equipara la regulación del tabaco calentado al convencional, prohíbe los productos con aromas como papeles o filtros para fumar y obliga a hacer constar en el etiquetado las advertencias sanitarias.

Esta norma no afecta a los vapeadores, en cuya regulación sigue trabajando Sanidad, sino a los dispositivos de tabaco calentado de la marca Iqos, de Philipp Morris, la única que los comercializa y de consumo limitado.

La normativa obligará a incluir en sus envases de cigarrillos los mensajes y fotos de las advertencias perjudiciales fumar para la salud y las sustancias cancerígenas del humo. Prohíbe los aromatizantes en estos productos y también en los papeles, filtros o cápsulas. Entrará en vigor en tres meses y es una transposición de una directiva europea.

Obligación de advertir con un mensaje informativo

En paralelo, Sanidad ha subrayado que se retira la "excepción" de las "obligaciones" de incluir un mensaje informativo y las advertencias sanitarias combinadas.

Por tanto, las unidades de envasado y el embalaje exterior de los productos de tabaco calentado deberán incluir el mensaje informativo: “El humo del tabaco contiene más de 70 sustancias cancerígenas” y las fotografías en color especificadas en la biblioteca de imágenes del anexo II del Real Decreto 579/2017, de 9 de junio.

El Gobierno transpone así la Directiva delegada, de 9 de junio, que modifica la Directiva 2014/40/UE en lo que respecta a la retirada de determinadas excepciones aplicables a los productos de tabaco calentado, con el fin de “equipararlo” a los cigarrillos convencionales.

Según avanzó Sanidad, este Real decreto entrará en vigor en el plazo de tres meses desde su publicación en el BOE y esta normativa “afecta solo al tabaco calentado y no a todos los dispositivos de vapeo”, en cuya regulación está “trabajando”.

 
  • Cadena SER

  •  
Programación
Cadena SER

Hoy por Hoy

Àngels Barceló

Comparte

Compartir desde el minuto: 00:00