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El Comité de los Derechos del Niño de la ONU ampara a un menor senegalés que lleva tres meses en una prisión de Gran Canaria

El organismo no entra a valorar si son correctos los cargos de los que se le acusa, un delito de favorecimiento de la inmigración irregular, pero concluye que España no lo ha tratado como exige la Convención Internacional de los Derechos del Niño

Imagen de archivo de los tripulantes del equipo de Salvamento Marítimo Humanitario tras el rescate de una patera

Las Palmas de Gran Canaria

El Comité de los Derechos del Niño de Naciones Unidas ha concedido su amparo al menor senegalés que lleva casi tres meses (81 días) en prisión preventiva en Gran Canaria al haber sido acusado de ser el patrón de una patera y ha pedido a España que garantice que no siga recluido con adultos.

En una resolución notificada este lunes, la ONU no entra a valorar si son correctos los cargos que la Policía, la Fiscalía y el juez de Instrucción responsable de su caso formulan contra el chico (un delito de favorecimiento de la inmigración irregular), pero sí concluye que España no lo ha tratado como exige la Convención Internacional de los Derechos del Niño.

Este Comité de Naciones Unidas viene manteniendo desde hace años que, cuando existan dudas sobre la edad de un posible menor, hay que conceder al afectado el beneficio de la duda y procede tratarlo con tal, aplicando el principio legal del interés superior del niño.

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Así lo hace en esta nueva resolución, que se refiere a B.C. como menor, condición que España le ha negado amparándose en el resultado de una prueba médico-forense que le adjudicaba como "edad más probable 18,2 años", a pesar de haber aportado un acta de nacimiento verificada por Senegal en la que consta que tiene 17 años.

La resolución del Comité de Derechos del Niño menciona expresamente que las medidas cautelares que demanda a España en favor de B.C., que está en prisión desde el 21 de diciembre, deben mantenerse hasta que "alcance la mayoría de edad" y han de aplicarse "con arreglo a un procedimiento conforme a la Convención".

El rango del informe médico avalaba que podía ser menor

En este caso, se da circunstancia de que el informe médico al que el Juzgado número 2 de San Bartolomé de Tirajana ha concedido más validez que al acta senegalesa de nacimiento indica que la edad probable del joven se encuentra entre los 16,51 y los 19,9 años; de modo que la edad que él declara, 17 años, entra en ese rango.

Ese dictamen forense se emitió el 15 de febrero, cuando B.C. llevaba casi dos meses en la prisión de Las Palmas II y no dio lugar a media cautelar alguna a su favor. Esta es la segunda vez en lo que va de año que Naciones Unidas requiere a España para que cumpla la Convención de Derechos del Niño con adolescentes rescatados de pateras o cayucos a los que ha negado la condición de menores y ha tratado como si fueran adultos.

El mes pasado lo hizo con un chico de Gambia de 14 años, también llegado en cayuco a Canarias (en agosto de 2023), que vivía en la calle en Madrid tras habérsele vetado el acceso a la red pública de asistencia a los menores a pesar de haber mostrado una foto de su pasaporte y de su acta de nacimiento en la que figuraba su edad.

El Comité de Derechos del Niño de Naciones Unidas ya ha amparado en otras ocasiones a menores recluidos en un centro de internamiento para extranjeros (CIE) -el paso previo a la deportación-, pero la situación de B.C. es diferente: él no está en un CIE, sino en una prisión, un tipo de centro donde, por ley, no pueden estar en España los menores (para ellos, hay centros especiales de régimen cerrado).

De hecho, los abogados que lo representan creen que esta es una de las primeras veces que la ONU ampara a un niño recluido en prisión preventiva en España, si no es directamente la primera.

Pendientes de la Audiencia o de un Juzgado de Menores

El caso de B.C. está en estos momentos en manos de la Audiencia de Las Palmas, que tiene pendiente de resolver el recurso presentado por su defensa para pedir que se le reconozca la edad que figura en su acta de nacimiento, más allá de lo que pueda concluir un examen médico, aplicando lo dispuesto en la Convención de Derechos del Niño y en las recomendaciones del Defensor del Pueblo.

Ahora, sus letrados sostienen que tras esta resolución de Naciones Unidas, "en aplicación de la Ley Orgánica de Protección del Menor, procedería la inhibición del Juzgado de Instrucción en favor de la jurisdicción de menores y, en consecuencia, la inmediata puesta en libertad de B.C. y su puesta a disposición de las autoridades encargadas de la protección de menores en Las Palmas".

Con B.C. estuvo encarcelado durante mes y medio como presunto patrón de la misma patera otro menor senegalés, A.G., que alega tener 15 años. Este último fue trasladado a un centro de régimen cerrado para menores después de que una juez de Vigilancia Penitenciaria activara un expediente urgente al conocer su caso en una visita a la prisión de Las Palmas II.

La fiscal de Extranjería de Las Palmas, Teseida Rodríguez, reconoció el pasado 27 de febrero que con A.G. se cometió un error y que el chico debería haber salido de la cárcel desde el 3 de enero, el día en el que le dijo que era menor al juez Rodrigo Álvarez Riquelme, el instructor de la causa de la patera de ambos y el que confirmó sus órdenes de prisión preventiva.

En el caso de A.G., las pruebas médicas hechas a los dos chicos a mediados de febrero sí sirvieron para que lo sacaran prisión y lo derivaran a un centro de internamiento de menores.