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El Supremo confirma diez años de cárcel para un monitor escolar por abusar de una alumna menor de edad

El alto tribunal rechaza la absolución que pedía el entrenador en aplicación de la cláusula Romeo y Julieta porque descarta que ambos -separados por siete años- tuvieran un grado de desarrollo y madurez similar

Sede del Tribunal Supremo, en Madrid. / Vicente Méndez

Sede del Tribunal Supremo, en Madrid.

MADRID

La sala de lo penal del Tribunal Supremo ha confirmado la pena de diez años de prisión que el Tribunal de Justicia de Canarias impuso a un entrenador de baloncesto del Colegio Virgen del Mar de Tenerife por abusar de una alumna menor de edad.

El acusado tenía 20 años cuando se produjeron las relaciones sexuales y la menor tenía 13. La defensa del entrenador reclamó que se le aplicara la cláusula Romero y Julieta porque, sostenía, el desarrollo y la madurez de ambos era similar.

Según su versión, la menor se presentaba en las redes sociales con una edad superior a la real; tenía preferencia por chicos de edad superior a la suya y la existencia de una patología psíquica en el acusado que le provocaba inmadurez y que le equiparaba a un adolescente de entre 14 y 15 años.

Sin embargo, dice la sentencia que "en este caso el contexto de la relación resulta singularmente relevante dado que se produjo entre una alumna del colegio y un profesor o monitor deportivo, lo que permite presumir en este último un desarrollo formativo y personal muy superior a de la alumna".

Pedro Jiménez

Pedro Jiménez

Redactor Jefe en la Cadena SER. Antes he pasado por los equipos de Hora 14, Radio Madrid, Fin de Semana,...

 
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