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El Supremo confirma que el Estado debe indemnizar con otros 200 millones de euros a Iberdrola por el bono social

La sala de lo contencioso - administrativo tumba en un auto la intención del Ejecutivo de no abonar este coste a las comercializadoras de precio libre porque sostiene que el informe en el que se apoya se basa en "conjeturas y presunciones"

El Supremo confirma la indeminzación. / Getty Images

El Supremo confirma la indeminzación.

Madrid

La sala de lo contencioso - administrativo del Tribunal Supremo ha dado la razón a Iberdrola en el contencioso que ha mantenido con el Gobierno por el bono social que ahora también tendrá que abonar el gasto de las comercializadoras en el mercado libre. La eléctrica Iberdrola reclamaba el derecho a ser indemnizada con 183 millones de euros porque esas comercializadoras de precio libre habían soportado el mecanismo de financiación del bono social. El alto tribunal falló a favor de Iberdrola, pero surgieron problemas en la fase de ejecución de sentencia y la empresa se opuso a los planes del Gobierno.

La Secretaría de Estado de Energía aceptó el abono de más de 100 millones de euros por la financiación de las comercializadoras de Iberdrola en el mercado regulado, pero se negó a abonar la parte correspondiente al mercado libre en base a un informe de la Comisión Nacional del Mercado y de la Competencia (CNMC) que concluía que implícita o explícitamente el coste se repercutía en el consumidor y que indemnizar a las eléctricas "implicaría un enriquecimiento injusto". "Dicha repercusión ha podido ser explícita, es decir, cuando el coste de financiación es mostrado de forma clara, objetiva y transparente tanto en los términos generales de contratación como en las facturas o implícita, es decir, que el coste de financiación es igualmente trasladado a los consumidores finales, si bien no se reconoce de forma expresa", decía la CNMC. Los magistrados, sin embargo, sotienen, en el auto al que ha tenido acceso la Cadena SER, que este informe "se limita a manifestar conjeturas, pero sin presentar ninguna prueba al efecto y esa falta de pruebas lleva a la Comisión Nacional del Mercado y la Competencia a presunciones que carecen de respaldo probatorio objetivo".

La sala reconoce el derecho de Iberdrola a recibir los 183,4 millones de euros en concepto de indemnización por las cantidades del bono social financiadas por su comercialización libre y, además, también le reconoce el derecho a recibir los más de 17 millones de euros por las cantidades invertidas para implantar y aplicar el procedimiento de solicitud, comprobación y gestión del bono social, descontando la parte que, en su caso, se hubiera repercutido a los clientes.

Esta decisión marca el camino del resto de reclamaciones -más de una decena, según fuentes jurídicas- que están en la sala de lo contencioso administrativo del Tribunal Supremo.

Pedro Jiménez

Pedro Jiménez

Redactor Jefe en la Cadena SER. Antes he pasado por los equipos de Hora 14, Radio Madrid, Fin de Semana,...

 
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