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Tribunales | Actualidad

La Audiencia de Madrid avala la investigación de las actividades profesionales de Begoña Gómez sin analizar el informe de la UCO

La sala sostiene que no puede valorar el documento que desmonta la denuncia de Manos Limpias porque no lo ha hecho aún el juez al que le dice que dos de los tres bloques de la denuncia no cuentan con los indicios suficientes para abrir la investigación

La Audiencia de Madrid rechaza el recurso de Fiscalía y avala la investigación a Begoña Gómez

Begoña Gómez, en una foto de archivo. / Europa Press

Madrid

La Audiencia de Madrid ha rechazado dar carpetazo a la investigación abierta sobre la actividad profesional de la mujer de Pedro Sánchez, Begoña Gómez. Los magistrados sostienen que para admitir a trámite una denuncia, basta con que haya una verosimilitud de los hechos que se recogen en ella. La posibilidad cierta de que esos hechos hayan ocurrido como dice el denunciante. "Para la admisión a trámite de una denuncia basta la verosimilitud, la mera posibilidad fundada, muy lejos de los indicios para llamar a una persona a declarar como investigada", sostiene. Será durante el procedimiento, añade, cuando haya que demostrarlos y en ese momento el juez tendrá que decidir si la causa sigue adelante o no. La sala madrileña recuerda que no ha podido examinar el informe de la UCO que desmonta la denuncia del pseudosindicato Manos Limpias para resolver el recurso del Ministerio Público porque no puede hacerlo hasta que no lo haya examinado y no lo haya valorado primero el juez instructor. Solo a partir de ese momento ellos podrán pronunciarse. Lo que sí que hace la sala es dar la razón al Fiscal en su oposición a la decisión de declarar la causa secreta. Dice el auto que es una medida extraordinaria que sacrifica el derecho de defensa y que debe motivarse, cosa que el juez Peinado no ha hecho.

Falta de indicios

El tribunal pone coto a la denuncia y recuerda al magistrado instructor que "no podemos iniciar una investigación de carácter prospectivo, han de presentarse unos indicios objetivos sobre la presunta comisión de un ilícito penal. En el caso que nos ocupa, pese al contenido algo deslavazado de la denuncia existe un primer bloque fáctico inverosímil o con datos erróneos, otro, el referido al rescate de Globalia en el que la vinculación de la denunciada es, con los datos que se cuenta, una simple conjetura más allá de llamativas coincidencias temporales y personales". Los magistrados solo salvan las adjudicaciones públicas concedidas al empresario Carlos Barrabés porque, dicen, en este apartado existen datos "objetivos" que se pueden analizar.

Y también manda un recado a la Fiscalía a la que le dice que "la pretensión del Ministerio Fiscal de impedir toda investigación amparándose en una taxativa interpretación típica, ab initio, en este delicado campo es inusual y podría llevar a crear lagunas de impunidad en toda actividad delictiva donde la delimitación del comportamiento penalmente relevante no siempre es fácil de establecer, y donde la obtención de fuentes de prueba es compleja".

Pedro Jiménez

Redactor Jefe en la Cadena SER. Antes he pasado...