Sociedad

La Policía Nacional lanza un aviso a los ciudadanos que reciben llamadas publicitarias en sus teléfonos

Según FACUA, más de un 98% de los ciudadanos reciben este tipo de llamadas telefónicas

Imagen de archivo de una agente de la Policía Nacional

La Policía Nacional ha lanzado un aviso a todos aquellos ciudadanos que reciben diariamente llamadas de publicidad en sus dispositivos móviles. A través de un vídeo publicado en sus redes sociales, explican de manera detallada los pasos que debes seguir en estas situaciones. "La lista Robinson evita que recibas esa publicidad no deseada", cuentan en el vídeo.

Los pasos a seguir para inscribirse en esta lista y evitar recibir este tipo de llamadas son los siguientes: registrarte con tus datos y correo electrónico, seguidamente debes elegir qué tipo de comunicaciones son las que no quieres recibir: correo, mensajes, llamadas... Y en último lugar, es muy importante recordar que hasta pasados los tres meses desde que te apuntas, la lista Robinson no es efectiva. Apuntarte a la lista Robinson es muy sencillo, "es un servicio gratuito de exclusión publicitaria a disposición de los consumidores" con el principal objetivo de reducir significativamente la publicidad recibida.

A pesar de que entró en vigor, hace más de un año, la ley que prohibía realizar llamadas publicitarias sin previo consentimiento, FACUA asegura que actualmente el 98,3% de los usuarios siguen recibiendo estas llamadas. Por este motivo, la organización ha puesto a disposición de los afectados esta plataforma para materializar las denuncias. Según la encuesta de FACUA, el 68,1% de los ciudadanos destaca que ha recibido durante el último mes más de cinco llamadas, once puntos por encima de la anterior encuesta publicada. Un 4,3% recuerda haberlas recibido hasta en cinco ocasiones y un 7,5% en cuatro.

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Un año después de su prohibición, siguen las llamadas comerciales

El 29 de junio de 2023 entró en vigor la disposición de la Ley General de Telecomunicaciones que prohíbe a las empresas realizar llamadas de publicidad sin que el cliente haya expresado previamente su consentimiento. Las organizaciones de consumidores denuncian esta situación y aseguran que los usuarios no conocen sus derechos. Además, piden a las administraciones que vigilen el cumplimiento total de esta normativa. Las reclamaciones ante la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD), se han duplicado. Esta norma establece que no deben realizarse llamadas publicitarias no deseadas ya sea una máquina o un operador telefónico el que esté al otro lado del aparato. Las únicas situaciones en las que se permite son en caso de intereses vitales como la salud o en situaciones de emergencia.

Existen dos maneras de realizar estas llamadas y que no sean ilegales, la primera es que el consumidor aceptase el consentimiento en alguna promoción o servicio previo y sin ser consciente estuviera aceptando los términos y condiciones de la empresa, que suelen estar en mensajes de texto largos y letras pequeñas. La segunda manera, llamada "Interés legítimo" consiste en llamar a los usuarios hasta 12 meses después de haber dejado de ser clientes, para realizarles algún tipo de oferta. Aunque desde la Organización de Consumidores y Usuarios (OCU), aseguran que en muchas empresas se saltan este periodo de tiempo estipulado.

 
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