Política

Sánchez anuncia un acuerdo con los agentes sociales sobre pensiones que busca "garantizar el tránsito hacia una jubilación flexible"

El presidente del gobierno asegura que se busca "regular el acceso a la jubilación de las profesiones especialmente expuestas a riesgos"

El presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, hace balance del curso político antes del paréntesis de agosto. / Mariscal (EFE)

Madrid

El presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, ha anunciado este miércoles, durante su comparecencia para hacer balance del curso político antes del parón de agosto, que el Ejecutivo ha alcanzado un acuerdo con los agentes sociales en materia de pensiones, que permitirá mejorar la compatibilidad de la pensión con el trabajo para "garantizar el tránsito hacia una jubilación flexible y adaptada a cada una de las personas".

Además, permitirá aprovechar mejor los recursos de las mutuas y regulará el acceso a la jubilación de las profesiones "especialmente duras, peligrosas y expuestas a riesgos", según ha añadido.

El texto del acuerdo, al que ha tenido acceso la Cadena SER, recoge los siguientes aspectos:

  • Mejorar los incentivos en la jubilación demorada y compatibilizarlos con la jubilación activa: un 2% más del importe de la pensión si esta se retrasa.
  • Eliminar los requisitos de acceso a la jubilación activa y mejorar los porcentajes de pensión compatibles con el trabajo, incluido el trabajo por cuenta propia: no será necesaria una carrera completa de cotización para acceder a la jubilación activa y se puede acceder aunque se hayan percibido los incentivos. Los porcentajes de la pensión que se van a poder percibir mientras se trabaja son los siguientes: 1 año de demora: 45%; 2 años de demora: 55%; 3 años de demora: 65%; 4 años de demora: 80%; y 5 años de demora: 100%.
  • El Gobierno, en el plazo de seis meses, deberá revisar, en el ámbito del dialogo social, la jubilación flexible para mejorar los porcentajes de pensión a percibir.
  • Nuevo marco regulador de la jubilación parcial y se extiende la aplicación en la industria manufacturera hasta 2029: con carácter general, el acceso a la jubilación parcial, con el correspondiente contrato de relevo, podrá producirse hasta tres años antes de la edad ordinaria de jubilación que corresponda en función de la carrera de cotización (el primer año la reducción estará entre un 20% y un máximo del 33%). Se mejora un año.
  • Modificación del Reglamento para el reconocimiento de coeficientes reductores de la edad de jubilación en actividades con elevados índices de penosidad, toxicidad, peligrosidad o insalubridad, con un nuevo procedimiento para el reconocimiento de coeficientes reductores.
  • Mejora de las condiciones de acceso a las pensiones y la cuantía de las mismas de las personas con contratos fijos discontinuos: multiplicación de cada día trabajado por 1,5 a efectos de cotización.
  • Marco para la firma de convenios de colaboración a suscribir entre la Consejería de Sanidad de cada una de las Comunidades Autónomas, las Mutuas Colaboradoras en el marco del AENC.
  • Recuperar el sistema de reducción de las cotizaciones por contingencias profesionales a las empresas que hayan disminuido de manera considerable la siniestralidad laboral.
 
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