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El Tribunal Constitucional estudiará la legitimidad de las comunidades autónomas para recurrir la amnistía

La ley limita la capacidad de recurrir de las autonomías a aquellos asuntos que les afecten de forma directa, pero hay precedentes de la admisión de recursos a leyes que no eran de su estricta competencia. La inadmisión de los 16 recursos carecería de efectos prácticos al tratarse de reiteraciones del ya presentado por el PP

Fotografía del edificio del Tribunal Constitucional.

El Tribunal Constitucional analizará si las comunidades autónomas pueden recurrir una ley como la amnistía.

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La Ley Orgánica del Tribunal Constitucional, en su artículo 32.2, limita la capacidad de recurrir de las autonomías a aquellos asuntos que les afecten directamente, por lo que en principio, carecerían de legitimidad para actuar en este caso, pero existen precedentes en el Constitucional de que se han admitido recursos a leyes que no eran de la estricta competencia de los territorios, bastando en esos casos un “nexo de conexión” con alguna competencia autonómica.

También han sido emitidos votos particulares minoritarios en otras sentencias, partidarios de prescindir de la Ley Orgánica del Tribunal Constitucional y aplicar de forma directa la Carta Magna, de rango superior y que no establece esa limitación.

Los letrados del Tribunal Constitucional elaborarán un informe de carácter consultivo al respecto y el pleno del Tribunal de Garantías decidirá al respecto.

La inadmisión carecería de efectos prácticos

En el caso de que finalmente fueran inadmitidos los recursos de las Comunidades Autónomas por falta de legitimidad, carecería de efectos prácticos porque según fuentes del Constitucional, los 16 recursos planteados por las autonomías son “meras reiteraciones” del ya presentado por el Partido Popular.